miliamperios.com

Bootstrap Framework 3.3.6

Más de una docena de componentes reutilizables construidos para proporcionar iconografía, menús desplegables, grupos de entrada, navegación, alertas, y mucho más ...

Dudas y preguntas sobre aspectos legales y organizativos de nuestra actividad.
Fundado el 1 de Noviembre de 2007.

Moderador: Moderadores

Por maka sagwena
#1424310
Adjunto escrito procedente de AESA, que circula por redes sociales:

Buenos días,
En los próximos días se espera la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN DE LA AGENCIA ESTATAL DE SEGURIDAD AÉREA, POR LA QUE SE EMITE LA EXENCIÓN EX-UAS-22-001 RELATIVA A LA CONTINUIDAD DEL PERIODO TRANSITORIO PARA LA APLICACIÓN DE LA NORMA NACIONAL PARA LA OPERACIÓN DE UAS EN EL MARCO DE UN CLUB, ASOCIACIÓN O FEDERACIÓN DE AEROMODELISMO. Dicha resolución de la Directora de AESA establece una exención al artículo 21(3) del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947 de la Comisión, de 24 de mayo de 2019, sobre las normas y procedimientos para la operación de aeronaves no tripuladas.

El mencionado artículo 21(3) establecía el 1 de enero de 2023 como última fecha en la que se podía practicar el aeromodelismo según la normativa nacional española, es decir, cumpliendo con los requisitos establecidos en las disposiciones adicionales del Real Decreto 1036/2017 que regulan las actividades deportivas, recreativas, de competición y exhibición con aeronaves pilotadas por control remoto, así como a las actividades lúdicas propias de las aeronaves de juguete.

Con la exención mencionada, se establece una moratoria de máximo 8 meses más, hasta el 31 de agosto de 2023 o hasta la aprobación del Real Decreto UAS actualmente en tramitación -lo que antes suceda-, en las que se podrá seguir practicando el aeromodelismo en el ámbito de una federación, asociación o club de aeromodelismo de conformidad con las normas nacionales pertinentes (disposiciones adicionales del Real Decreto 1036/2017) y sin requerimiento de obtención de una autorización operacional expedida por la Autoridad competente según el artículo 16 del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947.

La exención EX-UAS-22-001 es aplicable el 1 de enero de 2023 independientemente de cuando tenga lugar su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Dicho de otro modo, se prorroga hasta el 31 de agosto de 2023 o hasta la entrada en aplicación del Real Decreto UAS (lo que antes ocurra), la posibilidad de seguir operando aeromodelos según la normativa nacional y siempre y cuando el aeromodelista esté registrado como operador de UAS en AESA, su número de operador figure en la aeronave no tripulada y se cumpla con las limitaciones locales al vuelo con UAS (guía de zonificación). Recordamos que la normativa nacional aplicable son las disposiciones adicionales del Real Decreto 1036/2017, las cuales no definen requisitos de formación ni edad a los pilotos a distancia o peso máximo de los aeromodelos, pero sí establece, entre otros, las siguientes limitaciones:

Mantener el aeromodelo dentro del alcance visual del piloto remoto (VLOS) y
a una altura máxima de 120 metros.
Operar de día y en buenas condiciones meteorológicas.
Volar lejos de aeródromos y fuera de espacio aéreo controlado y FIZ, salvo desde campos de aeromodelismo previamente coordinados con el aeródromo y/o proveedor ATS afectado,
fuera de zonas habitadas,
fuera de zonas prohibidas, restringidas o reservadas a la navegación aérea salvo autorización del responsable de dicha zona y
manteniendo una distancia mínima de seguridad respecto a infraestructuras de la industria química, transporte, energía, agua y tecnologías de la información y comunicaciones, salvo permiso de los responsables de las instalaciones afectadas.

Por otro lado, deberá considerarse lo establecido en el Real Decreto 1919/2009 cuando se pretenda llevar a cabo una exhibición o demostración aérea.



Se ha actualizado la web de AESA en consecuencia (https://www.seguridadaerea.gob.es/es/am ... omodelismo) y se incluirá la Resolución de exención de la Directora de AESA cuando esta esté disponible en el Boletín Oficial del Estado.

Adjuntamos presentación actualizada sobre las diferentes opciones para la práctica del aeromodelismo en España, la cual también está disponible en el apartado de aeromodelismo de la web de AESA.



Se ruega difusión de esta información entre los aeromodelistas.



Cordialmente,



....

Técnico de operaciones en la División de Sistemas de Aeronaves No Tripuladas (UAS)
Avatar de Usuario
Por Asolana
#1424313
Muchas gracias.
Efectivamente ese documento lo ha difundido la ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE AEROMODELISMO.

Su objetivo es representar y defender la practica del aeromodelismo como afición, en nuestros campos de vuelo, incluidas laderas. Para el deporte de competición ya nos representan las federaciones, pero para los vuelos cada fin de semana, un rato de ladera o el vuelo tranquilo de nuestros pilotos seniors creemos que deben ser tenidos en cuenta.

Os animo a que os asociéis, es gratis, y cuantos mas seamos mas peso tendremos ante las instituciones.

www.aeamd.org/asociarme
Por Joakim
#1424429
Asolana escribió:Muchas gracias.
Efectivamente ese documento lo ha difundido la ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE AEROMODELISMO.

Su objetivo es representar y defender la practica del aeromodelismo como afición, en nuestros campos de vuelo, incluidas laderas. Para el deporte de competición ya nos representan las federaciones, pero para los vuelos cada fin de semana, un rato de ladera o el vuelo tranquilo de nuestros pilotos seniors creemos que deben ser tenidos en cuenta.

Os animo a que os asociéis, es gratis, y cuantos mas seamos mas peso tendremos ante las instituciones.

www.aeamd.org/asociarme
Muchas gracias por la información.
La asociación está abierta a pilotos que vuelan por libre?.
Gracias


Enviado desde mi iPhone utilizando miliamperios
Avatar de Usuario
Por Asolana
#1424430
Joakim escribió:
Lun, 09 Ene 2023 14:30
Asolana escribió:Muchas gracias.
Efectivamente ese documento lo ha difundido la ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE AEROMODELISMO.

Su objetivo es representar y defender la practica del aeromodelismo como afición, en nuestros campos de vuelo, incluidas laderas. Para el deporte de competición ya nos representan las federaciones, pero para los vuelos cada fin de semana, un rato de ladera o el vuelo tranquilo de nuestros pilotos seniors creemos que deben ser tenidos en cuenta.

Os animo a que os asociéis, es gratis, y cuantos mas seamos mas peso tendremos ante las instituciones.

www.aeamd.org/asociarme
Muchas gracias por la información.
La asociación está abierta a pilotos que vuelan por libre?.
Gracias


Enviado desde mi iPhone utilizando miliamperios
Por supuesto, cierto es, que la inmensa mayoría de los aficionados vuelan sus modelos dentro de un club. El compañerismo forma parte de nuestra afición. Pero eso no quita que , siempre que se trate de aeromodelismo , no de fotografía aérea , tengamos las mismas inquietudes y necesidades a defender.
Por lilo
#1426598
Hola, ¿alguien sabe como está el tema de la moratoria?
Por parte de la federación de la Comunidad Valenciana no tenemos ninguna noticia y estamos a 13 de agosto.
¿Estamos obligados a superar el examen A1 A3 de la categoría abierta? o esto no va con los clubes.
los que vuelan por libre creo entender que si que lo necesitan pero los que están dentro de un club o asociación creo que no.
Gracias
Avatar de Usuario
Por Jose Luis28
#1426906
Los que vuelan por libre ni idea, pero en club o asociación debidamente registrada e indicada en el AIP de Aesa, debemos volar bajo el amparo de la Normativa de la subcategoría A3 , pero no es obligatorio ni hacer ni mucho menos aprobar el examen A3, eso sí, hay que conocer de esa Normativa para no incumplirla, obvio, y ya puestos, se puede hacer el examen y aprobarlo sin problemas, pero lo dicho, obligatorio no es.

Y si, ya está todo en vigor.

Acabo de retornar a mi email-respuesta de Aesa para copiar el enlace al AIP.

Vuestro club o Asociación esta en el AIP :?:

El aeromodelismo esta a partir de la pag.20.

https://aip.enaire.es/AIP/contenido_AIP ... 5_5_en.pdf
Avatar de Usuario
Por Jose Luis28
#1428065
lilo, a mi en el enlace no me aparece vuestro club, yo me preocuparía muy mucho por hacer los trámites para que os incluyesen, que no apetece legalizaros, pues entonces si que tenéis que tener el A1/A3.

¡Elija que Addons deben funcionar, utilice sólo lo que realmente necesita!