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Dudas y preguntas sobre aspectos legales y organizativos de nuestra actividad.
Fundado el 1 de Noviembre de 2007.

Moderador: Moderadores

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Por LANDRIUS
#1315051
Eduardo Nuñez escribió:Hola:

U
Pero últimamente ha surgido otra afición que consiste en salir a filmar, pero sin cobrar por ello (al menos en A). El vuelo recreativo del aeromodelo (lo anteiror) ya no es el fin, sino que el vuelo es un medio para obtener el verdadero fin: filmaciones y fotografías del entorno. Ya no se busca un lugar asimilable a un campo de vuelo, sino donde haya alguna singularidad que lo haga atractivo.

Esta afición podría ser llamada fotografía aérea amateur.

Saludos
Eso es fotografía, no aeromodelismo, en efecto lo define el fin perseguido. Lo lógico es sumar a las limitaciones propias del aeromodelismo como medio usado, las de la fotografía amateur que de por sí ya tiene sus cosillas con eso de ver qué es una imágen accesoria o cual es ofensiva etc, valores que para los que no existen medidas. ¿Puedes sacar una foto en ese lugar?, si la respuesta es que si desde un pérgola también lo será desde un dron. ¿Puedes publicar esa foto?, ya entramos en mas lodos.

Podemos liarnos y llevarlo al extremo hilando fino del todo pero a menudo la respuesta mas sencilla es válida, se puede volar libremente.
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Por Sixto
#1315058
LANDRIUS escribió: Eso es fotografía, no aeromodelismo, en efecto lo define el fin perseguido. Lo lógico es sumar a las limitaciones propias del aeromodelismo como medio usado, las de la fotografía amateur que de por sí ya tiene sus cosillas con eso de ver qué es una imágen accesoria o cual es ofensiva etc, valores que para los que no existen medidas. ¿Puedes sacar una foto en ese lugar?, si la respuesta es que si desde un pérgola también lo será desde un dron. ¿Puedes publicar esa foto?, ya entramos en mas lodos.

Podemos liarnos y llevarlo al extremo hilando fino del todo pero a menudo la respuesta mas sencilla es válida, se puede volar libremente.
No se, pero creo que no te has expresado bien. ¿Que es eso del fin perseguido? Yo vuelo/fotografío por hobby, mi fin es pasarlo bien y disfrutar.
Pero estoy de acuerdo en lo de "sumar" las limitaciones...si no hay impedimento en filmar/fotografiar algo (Por el motivo que sea) y tampoco lo hay en volar un aeromodelo en una determinada ubicación (Por el motivo que sea), entiendo que hacer las dos cosas a la vez no ha de presentar problemas.
(Salvo que quieras lucrarte con el "producto"*, ya sea una foto, un video o un vuelo virtual, o sea que des vuelos a la gente ¡Cobrando!) el hecho de que por medio haya €€€€, para mi es lo que lo cambia todo.

*En el "Congreso sobre las aplicaciones de los DRONES a la Ingeniería Civil" hubo varias preguntas para el representante de AESA relativas a estos temas.
http://www.fenercom.com/pages/informaci ... php?id=399
La documentación es de libre acceso, así que si os interesa el tema descargarla.

Una fue si un agricultor podía usar un dron para volar encima de sus campos y poder con ello optimizar por ejemplo el riego necesario (Es un suponer), pues la respuesta es Si, pero tiene que darse de alta como operador de RPAS. No cuela que sea autónomo y que trabaje para él mismo. Si obtiene un rendimiento se considera trabajo y tiene que seguir la normativa.

Por otro lado se puso el ejemplo (Muy raro por cierto :lol: ) de alguien que desde un barco volase un dron para ver los peces y poder dirigirse a ese sitio para practicar pesca deportiva, pues la respuesta es que ningún problema...

Y esto es de mi cosecha... si el barco es de pesca... tururu, hay que ser operador de RPAS.
Como veis la diferencia está en si hay pasta o no de por medio.

Un saludo.
#1315060
Sixto escribió:
Por otro lado se puso el ejemplo (Muy raro por cierto :lol: ) de alguien que desde un barco volase un dron para ver los peces y poder dirigirse a eses sitio para practicar pesca deportiva, pues la respuesta es que ningún problema...
Buenas tardes Sixto:

¿Recuerdas quien dio esa respuesta?

Saludos
#1315066
Sixto escribió: Una fue si un agricultor podía usar un dron para volar encima de sus campos y poder con ello optimizar por ejemplo el riego necesario (Es un suponer), pues la respuesta en Si, pero tiene que darse de alta como operador de RPAS. No cuela que sea autónomo y que trabaje para él mismo. Si obtiene un rendimiento se considera trabajo y tiene que seguir la normativa.

Por otro lado se puso el ejemplo (Muy raro por cierto :lol: ) de alguien que desde un barco volase un dron para ver los peces y poder dirigirse a eses sitio para practicar pesca deportiva, pues la respuesta es que ningún problema...

Y esto es de mi cosecha... si el barco es de pesca... tururu, hay que ser operador de RPAS.
Como veis la diferencia está en si hay pasta o no de por medio.

Un saludo.
Efectivamente, luego entonces en ese sentido , imperaría la lógica, y al que vaya a pescar peces para pasar un buen rato, no le exigiran ser operador.

A mi entender, nadie en su sano juicio se compra un barco de pesca para ir a pasar un buen rato, por lo tanto, de acuerdo , a ese se le debería exigir ser operador de RPAS.

Un saludo
#1315071
Eduardo Nuñez escribió:........................................

Pero últimamente ha surgido otra afición que consiste en salir a filmar, pero sin cobrar por ello (al menos en A). El vuelo recreativo del aeromodelo (lo anteiror) ya no es el fin, sino que el vuelo es un medio para obtener el verdadero fin: filmaciones y fotografías del entorno. Ya no se busca un lugar asimilable a un campo de vuelo, sino donde haya alguna singularidad que lo haga atractivo.

Esta afición podría ser llamada fotografía aérea amateur.

Saludos
Me gusta este parrafo, aunque yo discrepo ligeramente, el fin son las 2 actividades, volar, y tomar fotos, y para ello se valdrá de una aeronave RC, y una camara de fotos.

Unos obtendrán mas satisfacción haciendo fotos que volando, otros al contrario, pero siempre habrá un tanto por ciento de satisfacción por pequeño que sea para cada actividad.

Un saludo
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Por Sixto
#1315072
Eduardo Nuñez escribió:Buenas tardes Sixto:

¿Recuerdas quien dio esa respuesta?

Saludos
El representante de AESA, lo puedes ver en los documentos referidos a la normativa... :wink:
De todas formas estábamos en la fase de debate, con lo que tampoco lo tomes como algo absolutamente oficial, lo que si denota es que hay una "sensibilidad" por el uso deportivo o recreacional, tal y como expresamente aparece en la presentación dedicada a la reglamentación y no les suena a "chino" cuando les hablan de que hay gente que vuela por hobby.

"Sujeción a la LNA* (excepto fines recreativos y deportivos)"

* Ley de Navegación Aérea
#1315097
buf... chicos darle las vueltas que querais e interpretarlo como podais...
Yo estoy en el mundillo profesional de la imagen aérea y la cosa cada vez esta muy comlicada
tanto para unos como para otros.
Yo si que estoy regulado transitoriamente y se a lo que tengo que atenerme y todo lo que tengo
que hacer para que una simple toma sea 100% legal y con la cual pueda hacer una factura
para con un poco de suerte me la paguen... pero eso ya es otro tema.

Ah! pero ante todo soy aeromodelista, lo que pasa que el aeromodelismo se ha convertido
en fotoaeromodelismo, que no esta mal, pero que todos sabemos la que han liado algunos
y fue bonito mientras duró... que ocurrira y por donde van los derroteros? en las redes sociales
y en los grupos dedicados exclusivamente a esto se sabe lo que esta pasando y las advertencias
informativas que algunos estan recibiendo por parte del organismo competente.
Lo que pasa que el que recibe la colleja se calla...y hay unos cuantos.

Saludos!
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Por Sixto
#1315105
Megaboeing escribió:Yo estoy en el mundillo profesional de la imagen aérea y la cosa cada vez esta muy comlicada
tanto para unos como para otros.
Yo si que estoy regulado transitoriamente y se a lo que tengo que atenerme y todo lo que tengo
que hacer para que una simple toma sea 100% legal y con la cual pueda hacer una factura
para con un poco de suerte me la paguen... pero eso ya es otro tema.
Eso está claro, en plan profesional las cosas las han puesto muy chungas, pero ya sabemos que en esto también había un desmadre curioso. De todas formas la regulación va a ser un poco más laxa. Por poner un ejemplo, mucho peor que la fotografía aerea con RPAS, lo tienen los que querían hacer temas de topografía, restituciones, etc.. porqué para que eso sea rentable necesitan volar con ala fija, siguiendo wayponits y volando sin visión directa y a esos directamente se los han cargado.
Igual, igual que el que pretenda hacer FPV a "kilómetros"... una cosa es hacer FPV a menos de 500m en línea de vista y menos de 120m más o menos :mrgreen: (Veas o no el "parato") y otra muy distinta es que pretendas darte vuelecitos de los que se ven por ahí... Puede que luego vayas a 200m en vez de 120 o te separes 700m en lugar de 500m.. pero desde luego a 2000m, no cuela y el que se arriesgue que "apenque" con las consecuencias.
Megaboeing escribió:Ah! pero ante todo soy aeromodelista, lo que pasa que el aeromodelismo se ha convertido
en fotoaeromodelismo, que no esta mal, pero que todos sabemos la que han liado algunos
y fue bonito mientras duró... que ocurrira y por donde van los derroteros? en las redes sociales
y en los grupos dedicados exclusivamente a esto se sabe lo que esta pasando y las advertencias
informativas que algunos estan recibiendo por parte del organismo competente.
Lo que pasa que el que recibe la colleja se calla...y hay unos cuantos.
¡Totalmente de acuerdo!..
Pero fíjate que cuando digo que se puede, no digo que se puede de cualquier manera, si te pillan volando a 1000 metros, o subes tus "logros" a youtube para que la gente le de al !Like! y ser el mássupermegaguaydelparaguay pues te pueden crujir y creo que con razón. Pero lo mismo que con el aeromodelismo tradicional tendente al "gigantismo"... creo que esos desatinos, lo de a ver quien la tiene más "larga" :lol:, tienes sus días contados.. 20Kg y para de contar.
Los derroteros van por que todos cumplamos las mismas normas, nada de volar sobre gente, a la altura que me sale... y sacando videos de las vecinas, etc.
La diferencia es que unos, los profesionales, tendrán que tener un título de RPAS, con su seguro, dados de alta etc. y los otros no.
Lo que creo que pasa con esto, es que hay gente que cuando opinamos que no está prohibido (Con todas las limitaciones que hemos comentado), entiende, o mejor dicho, quiere entender, que puede hacer lo que le sale de los coj..es y eso claramente no es así, hay muchas limitaciones y lo que dices, fue bonito mientras duró, pero ahora la cosa hay que mirarla bien y no ponerse a volar, hacer fotos o lo que sea como si el resto del mundo no fuese con nosotros, no sea que luego toque llorar.. :cry:
#1315127
Totalmente de acuerdo Sixto :mrgreen:

Ahora mismo acabo de ver un video en las redes sociales que han subido un phantom
a 1500 metros... :shock: no es en España, pero para tirar un avion comercial al suelo
ya esta bien...

Salu2
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Por LANDRIUS
#1315160
Sixto escribió:
No se, pero creo que no te has expresado bien. ¿Que es eso del fin perseguido? Yo vuelo/fotografío por hobby, mi fin es pasarlo bien y disfrutar.
Pero estoy de acuerdo en lo de "sumar" las limitaciones...si no hay impedimento en filmar/fotografiar algo (Por el motivo que sea) y tampoco lo hay en volar un aeromodelo en una determinada ubicación (Por el motivo que sea), entiendo que hacer las dos cosas a la vez no ha de presentar problemas.
(Salvo que quieras lucrarte con el "producto"*, ya sea una foto, un video o un vuelo virtual, o sea que des vuelos a la gente ¡Cobrando!) el hecho de que por medio haya €€€€, para mi es lo que lo cambia todo.
Así lo entiendo.

Sixto escribió: *En el "Congreso sobre las aplicaciones de los DRONES a la Ingeniería Civil" hubo varias preguntas para el representante de AESA relativas a estos temas.
http://www.fenercom.com/pages/informaci ... php?id=399
La documentación es de libre acceso, así que si os interesa el tema descargarla.

Una fue si un agricultor podía usar un dron para volar encima de sus campos y poder con ello optimizar por ejemplo el riego necesario (Es un suponer), pues la respuesta es Si, pero tiene que darse de alta como operador de RPAS. No cuela que sea autónomo y que trabaje para él mismo. Si obtiene un rendimiento se considera trabajo y tiene que seguir la normativa.
.......
Un saludo.
¿Y eso que significa exactamente?, ¿Que un autónomo necesita pasar el examen teórico para pilotar drones o que necesita una licencia comercial?.

Si es lo primero solamente, lo entiendo, como entiendo que debo tener carnet de conducir para el furgon que uso para transportar mis mercancías. Pero darse de alta como operador de RPAS para usar un dron en tu explotación suena a darse de alta como transportista para transportar tus mercancías, lo cual no es preceptivo en ningún caso (y te priva de las deduciones al gasoil :cry: ). Si resulta que en teoría los españoles somo iguales ante la Ley...

La diferencia no es poca cosa porque las licencias comerciales suelen llevar aparejadas otras obligaciones.

Incluso diciéndolo un representante de AESA es mas que discutible, el uso de drones está muy verde todavía. Y es muy pronto para hilar fino.
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Por LANDRIUS
#1315162
Megaboeing escribió:Ah! pero ante todo soy aeromodelista, lo que pasa que el aeromodelismo se ha convertido
en fotoaeromodelismo, que no esta mal, pero que todos sabemos la que han liado algunos
y fue bonito mientras duró... que ocurrira y por donde van los derroteros? en las redes sociales
y en los grupos dedicados exclusivamente a esto se sabe lo que esta pasando y las advertencias
informativas que algunos estan recibiendo por parte del organismo competente.
Lo que pasa que el que recibe la colleja se calla...y hay unos cuantos.

Saludos!
Y ademas se anuncian drones que pueden hacer mil cosas que realmente no deben hacer, y si se anuncian se da por hecho que nada malo hay en ello.

Quien haga ahujeros en el barco sobra.
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Por Sixto
#1315164
LANDRIUS escribió:
Sixto escribió: *En el "Congreso sobre las aplicaciones de los DRONES a la Ingeniería Civil" hubo varias preguntas para el representante de AESA relativas a estos temas.
http://www.fenercom.com/pages/informaci ... php?id=399
La documentación es de libre acceso, así que si os interesa el tema descargarla.

Una fue si un agricultor podía usar un dron para volar encima de sus campos y poder con ello optimizar por ejemplo el riego necesario (Es un suponer), pues la respuesta es Si, pero tiene que darse de alta como operador de RPAS. No cuela que sea autónomo y que trabaje para él mismo. Si obtiene un rendimiento se considera trabajo y tiene que seguir la normativa.
.......
Un saludo.
¿Y eso que significa exactamente?, ¿Que un autónomo necesita pasar el examen teórico para pilotar drones o que necesita una licencia comercial?.

Si es lo primero solamente, lo entiendo, como entiendo que debo tener carnet de conducir para el furgon que uso para transportar mis mercancías. Pero darse de alta como operador de RPAS para usar un dron en tu explotación suena a darse de alta como transportista para transportar tus mercancías, lo cual no es preceptivo en ningún caso (y te priva de las deduciones al gasoil :cry: ). Si resulta que en teoría los españoles somo iguales ante la Ley...

La diferencia no es poca cosa porque las licencias comerciales suelen llevar aparejadas otras obligaciones.

Incluso diciéndolo un representante de AESA es mas que discutible, el uso de drones está muy verde todavía. Y es muy pronto para hilar fino.
Lo que quiere decir es que si se vuela un RPAS y se obtiene cualquier tipo de beneficio económico, se entiende que estas trabajando y en este caso en particular lo harías por cuenta propia, o sea un autónomo. Yo creo que está meridianamente claro, si usas un RPAS para trabajar en lo que sea y como sea, tienes que seguir la normativa a rajatabla. Y ojo que esto no se entienda como que si lo usas con fines recreativos o deportivos puedas hacer lo que te salga.. ya lo hemos hablado ¿No?
Artículo 50. (Operación de aeronaves civiles pilotadas por control remoto)
http://www.boe.es/boe/dias/2014/10/17/p ... -10517.pdf
La palabra clave es operación, , pasas de volar por deporte o recreo a trabajar y eso tiene una regulación especifica, lo mismo que yo puedo llevar un coche (B), pero no un taxi que necesita un carnet (BTP) + Una licencia de taxi + autónomos.. etc.
#1315170
Sixto escribió:
Lo que quiere decir es que si se vuela un RPAS y se obtiene cualquier tipo de beneficio económico, se entiende que estas trabajando y en este caso en particular lo harías por cuenta propia, o sea un autónomo. Yo creo que está meridianamente claro, si usas un RPAS para trabajar en lo que sea y como sea, tienes que seguir la normativa a rajatabla. Y ojo que esto no se entienda como que si lo usas con fines recreativos o deportivos puedas hacer lo que te salga.. ya lo hemos hablado ¿No?
.
+1 Sixto

Me viene al pelo XQ quizas fuí parco en palabras, es a lo que yo me refería con el barco de pesca, no quería decir que uno en un barco de pesca no se lo pueda pasar bien, por supuesto que sí, pero obvio es que quien se compré un barco pesquero es para algo más que hacer pesca deportiva.

Quien vaya a sacar un rendimiento economico, debe cumplir, como con los taxis, etc.



Un saludo
#1315255
El problema actualmente es que el que se ha currado la legalidad para operar y ve como
muchos no se lo han currado y ofrecen sus servicios sin factura para pagar sus caprichos...
Sanciones? alguna, pero de momento poco control.
Y mas control al que es legal, ya que se juega su licencia...y si la caga no hay excusa
y no es facil a dia de hoy hacer un vuelo sin que algo impida su total legalidad.


Despues aparece el phantom de turno llegando a los 2000 metros de altura...y algunos lo aplauden.

Salu2
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Por LANDRIUS
#1315266
Siempre el que va legal tiene desventajas en eso, cosas de los que legislan.

En cualquier actividad pasa lo mismo, el exceso de presión fiscal y normativa sobre las actividades declaradas es excesivo, creo que contribuye directamente al negocio fraudulento. Eso si, alguno pagará muy caro el asunto y nadie va a querer esa lotería.
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Por Sixto
#1315271
Megaboeing escribió:El problema actualmente es que el que se ha currado la legalidad para operar y ve como muchos no se lo han currado y ofrecen sus servicios sin factura para pagar sus caprichos...
Sanciones? alguna, pero de momento poco control.
Llamentablemente así es, pero esto no es un tema exclusivo de este mundillo, en España mucha gente trabaja en "B" y además no es un tema solo "made in spain.. :twisted: ".

http://www.huffingtonpost.es/2014/11/26 ... 27812.html
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Por Katenmi
#1315389
Poco control no sé, a mi ya me enseñaron una carta de la AESA hacia una empresa acusándole de trabajar realizando operaciones sin haber sido comunicadas a la AESA (entiendo que fuera del manual de operaciones). Y que cese de trabajar hasta que cumpla con las condiciones establecidas o se le sancionará.

También me hablaron de uno al que le cayeron 4500€ de multa sin previo aviso por no disponer de los certificados necesarios.

De todas maneras entiendo que pillar a la gente que incumple no es fácil especialmente si no se publicitan por internet, pero como dice LANDRIUS, alguno pagará muy caro.
#1315394
Hola:

No sólo la AESA y Guardia Civil pueden actuar, sino que también pueden denunciar los profesionales ante la propia AESA.

De hecho en el mundo de los trabajos aéreos son frecuentes las denuncias formuladas por operadores contra la competencia por vuelos irregulares, competencia ilegal, etc.

Recordemos lo que pasó con Uber y los taxistas.

Saludos
Adjuntos
requerimiento AESA.jpg
#1315395
Desde luego, pillarán a pocos, pero al que le pillen paga lo suyo y lo de los demás.

Joer minimo 4.500 pavazos. :shock: Digo yo que las habrá cesado XD. A ese ya lo conocen.
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Por Katenmi
#1315418
El de los 4500€ y el de la carta son 2 personas (físicas o juridicas) diferentes, el de la carta es, bueno es exactamente la misma carta que muestra Eduardo Nuñez. Mientras que el de los 4500€ fue otro, y creo recordar que me dijeron que había sido sin aviso ni nada (Que es lo que da mas miedo con diferencia).
#1315421
Hola:

No creo que nadie llegue a creerse que pueda funcionar la fórmula:

"Vendo boli bic y regalo unas fotos/filmación aérea que hice de forma recreativa y sin ánimo de lucro"

:lol: :lol: :lol:
#1315426
:lol: :lol: :lol: :lol:

Katenmi, como tenga el dia el agente, te la casca o te advierte.

Pues el de los 4.500 pavazos que se ande con cuidadito XQ la próxima ya no será lo mínimo. :(
#1315460
Conozco a varios que han recibido esta carta...
Lo que pasa que la mayoria no lo hace publico.
La ley es para todos, nos guste o no...

Salu2
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Por LANDRIUS
#1315469
Eduardo Nuñez escribió:Hola:

No creo que nadie llegue a creerse que pueda funcionar la fórmula:

"Vendo boli bic y regalo unas fotos/filmación aérea que hice de forma recreativa y sin ánimo de lucro"

:lol: :lol: :lol:
Está ya funcionando desde hace mucho tiempo:

Vendo paseo por "huerto de nabos" y regalo paseo en ultraligero.

Y esto es literal; Vendo paseo en avioneta 300 euros una hora pilotando tu mismo y sobre el papel es un curso de piloto privado que voluntariamente anulas tras ese primer día.

Tu da ideas y verás como repunta la venta de Bic´s :twisted:
#1315481
Megaboeing escribió:Conozco a varios que han recibido esta carta...
Lo que pasa que la mayoria no lo hace publico.
La ley es para todos, nos guste o no...

Salu2
Pues parece que están siendo benévolos en esos casos.

Un saludo
#1315519
Jose Luis28 escribió:
Megaboeing escribió:Conozco a varios que han recibido esta carta...
Lo que pasa que la mayoria no lo hace publico.
La ley es para todos, nos guste o no...

Salu2
Pues parece que están siendo benévolos en esos casos.


Pues el primer aviso es gratis, el segundo como minimo son 4500€ y conozco
un caso.

Salu2
#1315521
Normal, si te advierten y no haces caso, a la 2ª te la cascan.

Un saludo

PS. Por cierto Megaboeing, creo que te falta un [/quote]. :wink:
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Por Sixto
#1315720
Todo lo que se ha dicho de las multas, es perfectamente normal y las cartas que habéis puesto, que pueden estar dirigidas a empresas o personas, son debidas a que publicitan "servicios" que no son otra cosa que trabajos aéreos.
Lo mismo le pasaría a alguien que publicite "Bautizos aéreos" o "Fotografía aérea" en un ULM particular, no hay diferencia alguna.

¡Elija que Addons deben funcionar, utilice sólo lo que realmente necesita!