miliamperios.com

Bootstrap Framework 3.3.6

Más de una docena de componentes reutilizables construidos para proporcionar iconografía, menús desplegables, grupos de entrada, navegación, alertas, y mucho más ...

Dudas y preguntas sobre aspectos legales y organizativos de nuestra actividad.
Fundado el 1 de Noviembre de 2007.

Moderador: Moderadores

#946288
Viper2003, es tan legal ahora como hace ya bastantge tiempo. Muchas gracias por el post. El título correcto sería: "2,4 es legal en España desde hace ya mucho tiempo".

No ha salido ninguna norma nueva. Lo que dice ese documento es que ya era legal antes de preguntar, pero verás cómo habrá mucha gente aún a la que no le vale esa respuesta.

Muchas gracias, nuevamente, por publicarlo, Viper2003. :wink:
Por luk50
#946298
Hola,

como dice Ulpiano, "2,4 es legal en España desde hace ya mucho tiempo", por que así lo indica la normativa y así lo hemos indicado muchos desde hace tiempo, también en base a consultas que se han realizado. No es que se legal ya (ahora) por que lo haya dicho la FAE en ese comunicado.

Lo único que cambia, y que además es positivo, es que para algunos dudosos en cuanto a la interpretación de la normativa ahora hay un soporte oficial mas para salir de dudas. Bienvenido sea aunque llegue tarde.

Creo que es un resultado mas conseguido gracias al debate, discusión y preocupación que todos los aeromodelistas han expuesto en público cientos de veces en diversos foros. Eso es lo que ha provocado que las organizaciones e instituciones tengan que mover pieza y hacer su trabajo. Deberíamos ser conscientes y tomar buena nota de cara al futuro de que con la unión y la movilización se consiguen buenos resultados.


Saludos
Avatar de Usuario
Por Sixto
#946299
Es cierto Ulpiano, pero ha hecho falta escribir "rios de bits" para que la federación hiciese la consulta, porqué ya ves que el documento apenas tiene un mes.

En fin nos han fastidiado un gran tema de debate, ahora solo nos queda el RD y el sexo de los ángeles.. :twisted:

PD: Mientras escribia esto se me ha adelantado Luk50.. estoy deacuerdo contigo yo creo que ha base de debatir hemos conseguido esta aclaración.
Por luk50
#946301
Sixto escribió: En fin nos han fastidiado un gran tema de debate, ahora solo nos queda el RD y sexo de los ángeles.. :twisted:
No te preocupes, ambos asuntos tienen mucho desarrollo por delante :wink:
Por tucho
#946322
Hola,
La aclaración de la RFAE, igual que ha hecho la FAM, simplemente nos refiere a las UN-10, UN-11 y UN85. Ahora bien, ¿bajo cual de estas tres estarían acogidas nuestras emisoras de 2,4?
La UN-85 habla de 100mw, y las utilizadas en aeromodelismo tienen entre 500 y 750mw.
Ya que es imposible hablar de esto sin levantar polémica, ruego me disculpen por ello. Estaría muy agradecido si alguien que sepa me lo aclara.
Saludos. Alberto.
Avatar de Usuario
Por Sixto
#946329
Ta te lo aclaro yo (Si puedo)

Para las emisoras que emiten en 35MHz. la UN-10 dice:
La potencia de los equipos será inferior a 500 mW y la potencia radiada aparente (p.r.a.) máxima autorizada es de 100 mW.
Que no tiene nada que ver con la UN-85.
b) Dispositivos genéricos de baja potencia en recintos cerrados y exteriores de corto alcance, incluyendo aplicaciones de video.
La potencia isotrópica radiada equivalente máxima será inferior a 10 mW conforme a la Decisión de la Comisión 2009/381/CE y la Recomendación CEPT ERC/REC 70-03, Anexo 1, siendo la norma técnica de referencia el estándar ETSI EN 300 440.
Hay que leerse la ETSI EN 300 440 para ver que se puede emitir con 10mW en un canal fijo o con 100mW utilizando técnicas de espectro espandido (Que es la que utilizan los equipos RC).

Así que respondiendo a tu pregunta, las emisoras de RC en 2,4 se acoge a la UN-85 que no emiten con 500mw sino con 100mw ¡Por eso ahora las baterías duran mucho más :mrgreen: !
#946354
Hola, Sixto. En el párrafo siguiente, la UN-85 claramente dice que podrán usarse "también" para comunicaciones electrónicas con 100 mW. Lo dice muy claramente porque nosotros hacemos una comunicación electrónica, no hacemos comunicaciones bis a bis ni acústicas ni visuales, ...... La palabra clave es "también". :P .
Por luk50
#946384
Si no entendí mal en su momento, aunque quizás se me pase algún matiz, la diferencia entre 10 o 100 mW vendría dada por el hecho de fuera bajo FHSSS o DSSS.

Saludos
Avatar de Usuario
Por Sixto
#946385
Y yo que creía que se nos había acabado la discusión

TE pongo la UN-85 textualmente:
UN - 85 RLANs y datos en 2400 a 2483,5 MHz
La banda de frecuencias 2400 - 2483,5 MHz, designada en el Reglamento de Radiocomunicaciones para aplicaciones ICM, podrá ser utilizada también para los siguientes usos:

a) Sistemas de transmisión de datos de banda ancha y de acceso inalámbrico a redes de comunicaciones electrónicas incluyendo redes de área local. Estos dispositivos pueden funcionar con una potencia isotrópica radiada equivalente (p.i.r.e.) máxima de 100 mW conforme a la Decisión de la Comisión 2009/381/CE y la Recomendación CEPT ERC/REC 70-03, Anexo 3. En cuanto a las características técnicas de estos equipos, la norma de referencia es el estándar ETSI EN 300 328 en su versión actualizada. Esta utilización se considera de uso común.

b) Dispositivos genéricos de baja potencia en recintos cerrados y exteriores de corto alcance, incluyendo aplicaciones de video.
La potencia isotrópica radiada equivalente máxima será inferior a 10 mW conforme a la Decisión de la Comisión 2009/381/CE y la Recomendación CEPT ERC/REC 70-03, Anexo 1, siendo la norma técnica de referencia el estándar ETSI EN 300 440. Esta utilización se considera de uso común.
Yo lo que interpreto es que el también se refiere a que además de utilizarla para aplicaciones ICM (En las cuales no encuadramos) se pueden utilizar para (a) o para (b)..
Como estamos englobados en b... tenemos que cumplir lo de los 10mW o 100mW en caso de modulación en espectro expandido.

¿Tu crees que estamos englobados en el epígrafe (a)?..en lo de.. "Sistemas de transmisión de datos de banda ancha"
¿No se? Yo creo que estamos en el (b)..

La norma de referencia del apartado (a ) es la ETSI EN 300 328
http://www.cs.berkeley.edu/~culler/AIIT ... 10701o.pdf

Pero no soy capaz de interpretar bien lo que dice en el SCOPE, decir que nuestros equipos son equipos de transmisión de banda ancha.. no se.. se me antoja durillo. :wink:
#946406
Gracias, Adrián.

Sixto, a mí lo que me señalaron en el libro con el dedo en la Delegación de Industria fué:

"y de acceso inalámbrico a redes de comunicaciones electrónicas".

Bueno, no importa, el caso es que los compañeros puedan volar con tranquilidad en 2.4. :)
Avatar de Usuario
Por Eduardo Nuñez
#946487
Menuda leyenda urbana que se montó :lol: :lol: :lol:
Por luk50
#946495
Sixto escribió:Y yo que creía que se nos había acabado la discusión.
...
...
Yo lo que interpreto es que el también se refiere a que además de utilizarla para aplicaciones ICM (En las cuales no encuadramos) se pueden utilizar para (a) o para (b)..
Como estamos englobados en b... tenemos que cumplir lo de los 10mW o 100mW en caso de modulación en espectro expandido.

¿Tu crees que estamos englobados en el epígrafe (a)?..en lo de.. "Sistemas de transmisión de datos de banda ancha"
¿No se? Yo creo que estamos en el (b)..

La norma de referencia del apartado (a ) es la ETSI EN 300 328
http://www.cs.berkeley.edu/~culler/AIIT ... 10701o.pdf

Pero no soy capaz de interpretar bien lo que dice en el SCOPE, decir que nuestros equipos son equipos de transmisión de banda ancha.. no se.. se me antoja durillo. :wink:
La posible discusión ahora va mas a un ámbito muy técnico, muy de Telecos. Pero en cualquier caso todo sigue estando sujeto a interpretaciones, quizás por los siglos de los siglos, las tecnologías van muy rápido y las normativas se ajustan o se muestran mas explícitas en paralelo o con cierto retraso con respecto a la realidad. Tampoco es algo que ocurra exclusivamente en este país.

El concepto de banda ancha parece estar suficientemente claro, no así quizás el de "red". Yo interpreto a mi manera que un conjunto de equipos transmisores y receptores en esa banda, uno a varios o uno a uno, son capaces de establecer una "red" conforme a ciertos protocolos y normas predefinidas. La norma te puede hablar de RLANs, Bluetooth u otras tecnologías y modulaciones registradas, Futaba, Spektrum o cualquier otro proveedor tienen sus tecnologías también registradas y cualquier día estarán en la misma lista aceptada en la norma. En cualquier caso este sería un problema de conformidad de los fabricantes con respecto a las normas.

Lo del FHSS vs DSSS, o los 10mW vs los 100mW lo encontré bastante claro en alguna discusión en foros americanos, pero en cualquier caso es lo de menos en cuanto a aplicación práctica después de todo, no creo que el presidente de la FAE sea consciente de lo que afirma ni de los argumentos técnicos que haya detrás, pero tiene un valor práctico incuestionable.

Saludos
Por tucho
#946637
Gracias a Sixto y a todos los demás, por vuestras amables aclaraciones. Yo no sabía que nuestros equipos entraban dentro del límite de los 100mW, creo que esa es la clave!

Saludos, y buenos vuelos.
Avatar de Usuario
Por LANDRIUS
#946642
viper2003 escribió:Se acabó la discusión, ale. :twisted:
Ya ves que no :lol: :lol: :lol:
Lo que hay que hacer es sacar una nueva modalida del aeromodelismo, el combate 2,4vs35 y el que gane contra 40.

Esto ya es vicio, que lo sepais.



saludos.
Por Sigaba90
#947534
Desde la Federación Valenciana se nos comunica que en 2.4 y teniendo en cuenta la potencia radiada máxima permitida, no es legal... por la potencia de emisión de los equipos.
Tambien han hecho las consultas oportunas.
#947576
La Federación Valenciana, no tiene autoridad para decidir si es o no legal.

Lo que tiene que hacer la Federación o quien dice que lo dice, es mostrar el documento del Ministerio.

Esto tiene pinta de no acabar para algunos que no quieren leerse la UN-85.
Por luk50
#947577
Ulpiano,

sabes mi opininión, pero me interesa conocer la interpretación y argumentos de todos, mas aún si se trata de Federaciones

Saludos
#947579
Hola, luk50. Creo que en esto hay que ser contundentes y dejarse de decir que dicen que dicen que dicen que han dicho. Yo no voy a proponer que me digan qué es lo que les han dicho y dónde se lo han dicho y cúando se lo han dicho. Que publiquen el papel y que se dejen de cuentos: así de sencillo.

El documento oficial es la UN-85 de la CNAF. Si para alguien no está claro y una Delegación del Ministerio de Industria ha emitido un documento aclaratorio para alguien que lo haya solicitado, pues que lo publique.

Lo demás es meter basura en la mente de las personas que tienen dudas aún.

Y como lo pienso así, lo digo así de contundente. Ya es hora de cortar las opiniones sobre algo que ya está sentenciado, incluso con un comunicado de la Federación Nacional.
Por Sami
#947582
Ulpiano, no te alteres, si el presidente de la RFAE, Manuel Roca, ha escrito lo que ha escrito, es porque dispone de un documento por parte del ministerio que se lo deja totalmente claro, no se arriesgaria a hacerlo si no fuera asi, tranquilo que seguro que en breve nos muestran el documento del ministerio y asi se acaban todas las dudas, ten un poco de paciencia. :wink:
Por Sigaba90
#947703
Hola Ulpiano, no he pretendido enfadar a nadie, ni faltar el respeto al trabajo que habéis realizado muchos compañeros en el sentido de aclarar esta duda.

Hemos tenido recientemente una reunión con la Federación Valenciana en la que sí se nos ha facilitado documentación al respecto.

Yo tambien estoy preocupado por este tema y no he metido basura en el post ( quizá sólo bruteza en la aseveración )... en realidad lo que me llevó a la respuesta de mi post anterior fue la conclusión a la que todos los asistentes a esa reunión sacamos de ella al respecto, por lo que se nos comunicó en cuanto a la potencia radiada por los actuales equipos de transmisión.

No soy experto en electrónica ni en telecomunicaciones, como la mayoría de los que asistimos a esa reunion, excepto un ingeniero de telecomunicaciones ( compañero aeromodelista ) que también asistió.

La documentación que se nos aportó y para resumir dice:

"No hay inconveniente en considerarlos amparados en la misma ( UN-85 ), si cumplen las condiciones allí indicadas, especialmente en lo referente a la potencia radiada"

"Se recuerda que siendo frecuencia de uso comun, no tiene protección ante la posible interferencia de otros servicios tambien amparados por la misma."


Esto viene de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, y lo firma el Jefe Provincial.

Bien... a continuación se comenta que pueden haber equipos que sí cumplan la norma UN-85, pero que otros ( la mayoría) no lo hacen... y se citan marcas que incluso con el etiquetado CE, no las cumplen

Se hace incapie sobre que, un producto vendido legalmente en los comercios no tiene por que ser legtalmente utilizable en su aplicación... porque la tenencia no tiene que ver con el uso, y en estos casos los comercios se lavan las manos.

Por lo que el debate ( en la reunión ), a partir de aquí, se establece; Y se llega a la conclusión de que que no podemos trasladar la idea a los asociados de que el 2.4 es "legal", aunque sí lo sea en la teoría, porque en la practica no lo es debido a la potencia máxima radiada de la mayoría de equipos...

Quizá tendria que haber posteado esto al principio ( sorry ), pero pienso Ulpiano, sin ánimo de enfadar a nadie... , que tambien se tendría que ser más concreto... y comentar qué estudios sobre la potencia radiada en las diversas marcas se han realizado, para poder aseverar a los aeromodelistas de a pie, el que todos pueden emitir en 2.4 sin problemas.

En principio, a los socios de nuestro club se les ha comunicado esto ( la norma UN-85 ), y que no todas las marcas pueden estar amparadas por la norma , por lo que los socios que vuelan en 2.4, deben facilitar al club un documento donde certifican que según la ficha tecnica del producto su equipo se encuentra amparado por la norma UN-85 , y que asume el uso de su equipo conociendo que su emisón no está protegida ante otras emisiones que tambien se amparan en la misma norma.
En caso de no estar especificada la potecia máxima radiada en la ficha tecnica del emisor, se exige un certificado de cualquier taller especializado.

No obstante tambien puedo haber malinterpretado lo que en la reunión se comentó... pero fue esto.

Gracias.
#947721
Hola, Sigaba90, entendido, nos perdonamos los dos y aquí no ha pasado nada.

Si en la Federación Valenciana, en la que tengo admiración a varios de los componente por su alta capacidad, os parece bien esta dispersión de aclaraciones para dejar las mentes más confusas aún, pues todos mis respetos, porque cada cual en el desempeño de su misión sabe por qué lo hace.

Pero para quienes no quieran hacerse una empanada mental ni estudiar 6º de Ingeniería Electrónica, les debe bastar saber que con que en la UN-85 se autoriza poner en funcionamiento para el control de aeromodelos (léase la norma y párese en la palabra "también") con una emisora legalmente importada, comprada en España y 100 mW de potencia (que son todas las improtadas). Cuando compramos un coche en un concesionario español no nos andamos con estas cuitas, porque ya ellos se encargan de vender lo autorizado y que el día de mañana pase la ITV. Y las normas que han de cumplir en cuanto a emisiones, son aburridísimas.

Y yo no enfado, pero en este tema voy a ser muy indolente. Quien lo tenga, que cuelgue un documento inteligible, sin opiniones, y ya está. :P

Yo siempre me remito a lo mismo: la UN-85 y su palabra "también" donde estamos englobados.
#947739
Qué pena, Cefesky, porque Nasgul, muy didáctico, estuvo a punto de aclararlo, pero como no sabe ha hecho lo que hacen los que no saben y quieren aparentar que saben: crear confusión.

Precisamente en el primer párrafo de la UN-85 que pone al final, ésta usa la palabra "también" y Nasgul se la pasa por donde le parece bien, y en lugar de estudiársela y relacionarla con el párrafo siguiente, lo evita por ignorancia (que no por mala intención) y consigue sus objetivos: crear confusión.

Gracias por el enlace, Cefesky
Por Sami
#947774
Ulpiano, la manera de pensar de Cefesky TAMBIEN es respetable (y compartida por muchos), en cualquier caso, cuando Manuel Roca (presidente de la RFAE) nos muestre el documento del ministerio quedaran todas las dudas resueltas, ya no habra mas nada que discutir, esperemos que lo haga en breve y que todos puedan usar sus emisoras de 2,4 con total tranquilidad. :wink:
#947840
Hola,
Sigaba 90, si que es cierto que se toco ese tema en la reunion pero yo lo enfoque inicialmente mal a lo que Jose Luis Blanes en el acto, saco el documento que recientemente les llego de telecomunicaciones (del cual yo desconocia) y es poco menos lo que se hablo, el 2.4 a pesar de estar el documento de la RFE, no es correcto en forma y modo, ya que como bien se indica en el blog, nuestros equipos de radio contorl no estan catalogados en esa norma, y como ratifico el presente (que no recuerdo su nombre) el que se identifico como Ingeniero en telecomunicaciones, hasta que ellos, el ministerio no encuadre nuestros equipos en esas bandas, no hay nada que hacer, solo una coincidencia de frecuencia, es decir si el 2.4 pero en una manera muy amplia y poco clara para nosotros en forma y modo, muy sutil.
Y esque todo esto no es mas que un triste fin partidista y manipulado, de algunas peronas que en su afan de acercarse , aprovechan su coorespondencia entre AMA/CNTA/RFE y han creado mas confusion.

Hasta que no este claificado y tipificado en los decalogos de asignacion de bandas por parte del ministerio de telecomunicaciones y mas.. Esto no sera legal, incluso en competiciones federadas donde el uso de las frecuencias en 35 son las que primaran, dejando las del 2.4 y sus competidores , si no hay acuerdo por parte de los participantes anteriormente, fuera de la misma. Esto es asi.

Por el resto de la reunion, segun mi un exito.

Saludos
Norbert
#947879
Hola, Norbert. Con todos mis respetos a tu buen saber hacer, ya ha salido lo que faltaba: que los usuarios de 35 autoricen o no a volar en competición a los que vuelan en 2.4.

Conociendo el mundo de la competición, si esto fuese verdad (es cosa imposible delegar la autoridad en una parte de los participantes de la competición), claramente dirán que no.

Y con suerte, puede darse el caso que el único que lleva 35 desautorizase al resto, se queda solo y ya no le hace falta jugar el partido para declararse campeón.

Lo que me faltaba, ……. .


Vivir para ver, ..... .
Avatar de Usuario
Por Sixto
#947900
Esto ya me parece surrealista...

¿A lo mejor hay que crear un Ministerio del Aeromodelismo para que no los den por escrito?.. Yo creo que esto ya es desinformar. algunos no se han enterado de que ya estamos en Europa..

Lo único de lo que discrepo con Ulpiano es acerca de lo del apartado... que autoriza a usar los equipos de 2,4Ghz que creo que es el (b)
b) Dispositivos genéricos de baja potencia en recintos cerrados y exteriores de corto alcance, incluyendo aplicaciones de video.
La potencia isotrópica radiada equivalente máxima será inferior a 10 mW conforme a la Decisión de la Comisión 2009/381/CE y la Recomendación CEPT ERC/REC 70-03, Anexo 1, siendo la norma técnica de referencia el estándar ETSI EN 300 440. Esta utilización se considera de uso común.
Por si alguno le cabe alguna duda, que deje de decir o de discutir y se lea la dichosa ETSI EN 300 440 y vera como para los equipos de 2,4 GHz si que se contempla el uso en "TELECOMANDO" y no me vengáis por favor con lo de las puertas de garaje que ya huele..

Leer lo que pone la http://www.etsi.org/deliver/etsi_en/300 ... 10501p.pdf
1 Scope
The present document applies to the following Short Range Device major equipment types:
• Generic Short Range Devices, including alarms, telecommand, telemetry, data transmission in general, etc.
• Radio Frequency IDentification (RFID).
• Radiodetermination, including detection, movement and alert applications.
These radio equipment types are capable of operating in the permitted frequency bands within the 1 GHz to 40 GHz
range as specified in table 1:
• either with a Radio Frequency (RF) output connection and dedicated antenna or with an integral antenna;
• for all types of modulation;
• with or without speech.
El que piense que se pueden vender aparatos para no usarlos que se lea esto por favor, yo ya me canso de escribir siempre lo mismo...

legislacion-normativas-aspectos-legales ... ml#p927270

Lo de los 10mW es por BANDA de emisión en el caso de usar FHSS hay que mirar que niguna de las bandas espectrales supere esos 10mW pero eso no tiene nada que ver con la potencia total
7.2.3 Method of measurement for equipment using FHSS modulation
Using an applicable conducted measurement procedure as described in annex B the frequency range of the equipment
shall be measured and recorded in the test report.
During these measurements the test data sequence, as specified in clause 6.1, shall be used.
The transmitter power level shall be set to the rated power level.
These measurements shall be performed under both normal and extreme operating conditions.
The measurement procedure shall be as follows:
a) put the spectrum analyser in video averaging mode with a minimum of 50 sweeps selected;
b) select the lowest hop frequency of the equipment under test and activate the transmitter with modulation
applied;
c) find the lowest frequency below the operating frequency at which the spectral power density drops below the
level given in clause 7.2. This frequency shall be recorded in the test report;
d) select the highest hop frequency of the equipment under test and find the highest frequency at which the
spectral power density drops below the level given in clause 7.2. This frequency shall be recorded in the test
report;
e) the difference between the frequencies measured in steps c) and d) is the frequency range. It shall be recorded
in the test report.
This measurement shall be repeated for each operating frequency range declared by the manufacturer.
El que quiera hacer eso en su casa con un analizador de espectro que suelte los mas de 12.000€ que cueste el equipo....

En cuanto a la documentos que se exigen... lo he dicho cienes de veces, lo que vale es la declaración de conformidad....

!Ah! y lo de la FAE con peticion de informes a las autoridades competentes.. nada tampoco vale.. solo vale lo que acuerdan no se quienes reunidos.. lo que digo surrealista..

Nada, yo creo que lo mejor es dejar solo que vuele Ulpiano en 2,4Ghz..

¡Elija que Addons deben funcionar, utilice sólo lo que realmente necesita!