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Dudas y preguntas sobre aspectos legales y organizativos de nuestra actividad.
Fundado el 1 de Noviembre de 2007.

Moderador: Moderadores

#1294828
LANDRIUS escribió:
Al segundo, no seas majadero que esa ley no tiene artículo 150 :lol: :lol: :lol: , ¿Donde estas leyendo? (ahora voy corriendo a comprobar que no sea yo el que esté leyendo otra ley diferente...)
A ver... :roll: ¿Donde estás leyendo tú?
Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia

BOE de 17 de octubre de 2014.

Página 83981.
«Artículo ciento cincuenta.
1. Las aeronaves de transporte privado de Empresas, las de Escuelas de Aviación, las dedicadas a trabajos técnicos o científicos y las de turismo y las deportivas, quedarán sujetas a las disposiciones de esta Ley, en cuanto les sean aplicables, con las excepciones que a continuación se expresan:
Primera. No podrán realizar ningún servicio público de transporte aéreo de personas o de cosas, con o sin remuneración.
Segunda. Podrán utilizar terrenos diferentes de los aeródromos oficialmente abiertos al tráfico, previa autorización de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea.
2. Las aeronaves civiles pilotadas por control remoto, cualesquiera que sean las finalidades a las que se destinen excepto las que sean utilizadas exclusivamente con fines recreativos o deportivos, quedarán sujetas asimismo a lo establecido en esta Ley y en sus normas de desarrollo, en cuanto les sean aplicables. Estas aeronaves no estarán obligadas a utilizar infraestructuras aeroportuarias autorizadas, salvo en los supuestos en los que así se determine expresamente en su normativa específica.»
¿Lo ves ya?

De todas formas, ya veremos en que acaba todo esto, porqué yo tampoco te creas que me fio :| .
#1294854
Pues yo leo aquí :shock: :
http://noticias.juridicas.com/base_dato ... vidad.html

No veo mas de 124 artículos (mas :shock: ).

Pero ya sé cual es el problema que hace bailar el numero de artículos, tu artículo 150 existe pero no pertenece a esta ley, el asunto es así:

Es el artículo " Artículo 51 Modificación de la Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea ", mediante el que se modifica al 150 y al 11 de la " Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea"

No hay 150 en esa ley y me quedo el gallifante, pero la discusión existencial esta me lleva a ver que sí me equivoqué al leer el artículo que copias, no nos deja exentos de cumplir lo relacionado a RPAS, que ya lo sabíamos, nos deja exentos de cumplir la ley de navegación aérea y sus normas de desarrollo que incluirán al decreto que hemos protestado. Si esta ley se hubiese publicado antes...

Siendo así comparto contigo la lucecita al final del túnel poruqe entiendo que se impide expresamente el títuloII del borrados de RPAS, La gente que afirma que el aeromodelismo tiene que cumplir la Ley de Navegación Aeronáutica se equivoca, no somos aviación.
#1295906
http://www.fomento.es/MFOM/LANG_CASTELL ... ROLREMOTO/

https://www.boe.es/boe/dias/2014/10/22/ ... -37072.pdf


ATENCION, IMPORTANTE.

HAN ABIERTO NUEVO PLAZO DE ALEGACIONES Y ESTA VEZ DIRIGIDAS AL CIUDADANO, AUNQUE A LOS QUE PROTESTAMOS NO NOS AVISARON UN COMPAÑERO HA ESTADO MUY ATENTO.

ES IMPRESCINDIBLE VOLVER A ENVIAR ANTES DEL DÍA 15 DE NOVIEMBRE LAS ALEGACIONES DE CADA UNO A LA DIRECCIÓN:

DIRECCION GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL.
MINISTERIO DE FOMENTO.
Paseo de la Castellana, n.º 67, 28071
Madrid


ENVIADLAS DE NUEVO, POR CORREO CERTIFICADO O PRESENTADLAS EN CUALQUIER REGISTRO DE UN EDIFICIO PÚBLICO. NO IMPORTA SI YA LAS HAS ENVIADO ANTES, ES UN NUEVO PLAZO Y HAY QUE CUMPLIRLO AHORA.

TENEMOS SOLO UNOS DÍAS .

La parte buena es que por fin permiten alegaciones al ciudadano, la mala es que tanto secretito si no es porjo, lo parece.

POR FAVOR, COMPARTID LA INFORMACION POR CUALQUIER MEDIO POSIBLE PARA QUE TODO EL MUNDO PUEDA HACER SUS ALEGACIONES.

SI ALGUIEN ESTA DE ACUERDO CON LAS MÍAS Y LAS QUIERE USAR ES LIBRE DE HACERLO, DESCÁRGALAS EN ESTE ENLACE Y RELLENA TUS DATOS, FECHA Y FIRMA. LUEGO ENVÍALAS O ENTREGALAS EN EL REGISTRO DE UN EDIFICIO PÚBLICO.
https://landriusnomiente.files.wordpres ... artir.docx
#1295955
Siento tener que darte la razón Landrius, evidentemente no por dártela en sí, sino por lo que supone. :evil:
Esperaba que el borrador saliese con algún tipo de modificación ya que de facto se nos ha dejado fuera de la ley de seguridad aerea, pero ver colgado de la WEB de fomento exactamente el mismo borrador sobre el que ya se han presentado tantas alegaciones la verdad es que le quita el ánimo a cualquiera.. está claro que vivimos en Españistan, no porqué el texto sea técnicamente malo, que además lo es, es que hay artículos absolutamente caquiles y totalmente discrecionales.

Artículo 37. c) En zonas autorizadas fuera de áreas pobladas en las condiciones que establezca la Real Federación Aeronáutica Española (RFAE) o la Federación autonómica correspondiente.

Artículo 38. 1. Los pilotos de aeromodelismo deberán estar en posesión de la cualificación necesaria para pilotar el aeromodelo de que se trate y acreditar las exigencias de aptitud o experiencia que sean requeridas por la RFAE o por la federación autonómica correspondiente. Además, el piloto de un aeromodelo está sujeto a las siguientes obligaciones:

..Es que ya no tengo palabras...
#1295992
Sixto, está claro que algo no marcha como debiera , incluso si ese "debiera" conlleva la típica burocracia conocida. No se limita a este decreto sino al funcionamiento administrativo del pais al completo.

Pero como ahí entra la política lo dejo por off topic.

Lo que yo hubiese esperado si me fiase algo sería un aviso a los que alegamos para avisar de que se abre un nuevo plazo, como ya hicieron con las federaciones y los RPAS. Lo que me temía es una nueva picaresca como esta y sigo esperandome cualquier triquiñuela que siempre pasa por negar nuestro derecho pero sin que puedas reclamarlo.

Yo desconfio claramente que tanto esta vez como la anterior estan forzando demasiado las cosas y hay beneficiados muy claros, por mi parte esa queja la pienso trasladar al defensor del pueblo y a donde pueda, a ver si se les da por abrir investigación y ver que esta ocurriendo, aunque tampoco confío en eso hay cosas que se deben hacer y dejar constancia.

Esta forma de hacer es legal, mediante el BOE te das por enterado lo hayas leido o no, pero en este caso es sumamente desleal con nosotros porque nos hemos dirigido a las autoridades.

Ya no se disimula, es como el oeste de las pelis, o estas alerta dia y noche o te atraviesan a decretos, sigo diciendo que deberíamos castigar a esta gente no sacando ni una puñetera licencia, solo los de las licencias se benefician de esto.
#1296010
Acabo de leer este bodrio de Real Decreto y es absolutamente infumable.
Resumiendo, pretenden que un pasatiempos lúdico recreativo que no molesta a nadie, pase a ser controlado por la Federación de aeronaútica; ellos van a decidir quien y donde volar.
¿Quien? Al final pondrán examenes, reconocimientos médicos y psicotécnicos(dinero dinero dinero) al tiempo. Lo digo por experiencia. Yo soy buceador, en el buceo tambien empezó la cosa asi y al final tienes que pasar examenes teoricos, y médicos.
¿Donde? Pues como no tengas un club estas jodido, no te acreditarán- homologarán ningún "campo de vuelo"
Manda narices que para volar un falcon de pilas o un easy star al final tengas que tramitar este follón.
Esta claro que de ser asi se van a cargar el aeromodelismo y a muchos comercios del ramo.Si los comerciantes no se movilizan lo van a sufrir.
El escrito de alegaciones de Landrius el dia 7 lo presento en un Centro de atención Administrativa.
Saludos.
#1296032
Aporrizador escribió:(dinero dinero dinero)
Ahí le das, y añado, EGO , EGO, EGO.
Aporrizador escribió: .. Si los comerciantes no se movilizan lo van a sufrir.

Saludos.
Pues a moverse que somos mas :wink:
#1296659
Hola:
No vuelo mucho, pero lo hago en el entorno del pueblo, en el campo abierto y creo que pase lo que pase lo seguiré haciendo.
Eso no quita que me escandalice como vosotros y también reclamaré.
Se empieza legislando lo innecesario para terminar asfixiando lo lúdico (que es de las pocas cosas que nos quedan para soportar a la pandilla que nos gobierna según el turno que nos toque)
Cuando a los ciclistas de monte les pidan expediente de cualificación, certificado de destreza, ...etc igual que a los patinadores, esquiadores, skaters,........que son mucho más numerosos que nosotros; creo que podré pegarme un tiro de mierda y morirme de asco, porque para entonces comer pipas será lúdico y con riesgo de atragantarse y nos pedirán el carné de manipulador de alimentos.
Este gobierno y los precedentes miran a Europa cuando les place, y cuando les interesa la ignoran. Ya veréis como se descojonan nuestros vecinos.
Como bien apunta un forero los respectivos defensores del pueblo en cada autonomía también son un foro de protesta.

Salud a todos menos a "unos pocos"
#1296849
Hola a todos me llamo David y es la primera vez que escribo aquí, y seria una pena que se saldrían con la suya ya que en mi caso debido a mi trabajo dispongo de mas de 40 hectáreas de terreno para volar donde quisiera sin peligro,y la verdad esque ni me imagino ver venir a la guardia civil a multarme por volar mi heli..dentro de mi finca.ya firme hace tiempo,gracias a todos po lo que estais haciendo.
#1299641
HARENNA escribió:Acaban de decirlo en antena tres.....titulacion exigida para volar drones y aeromodelos mas complejos??asi que señores desenfunden las carteras........
Pero, segun la noticia que acaban de dar, de momento el único estamento autorizado para impartir cursos y expedir titulaciones es la Universidad de Valencia ¿que hay de los cursillos y titulaciones que ya se han estado haciendo a lo largo y ancho de nuestro pais?
#1299833
Pos...si se le antoja pa na....otra cosa es que quieran convalidar, cosa que me parece que no, asi que tos toytos a sacar el titulo....
Yo espero que esto este enfocado a una manera profesional por lo demas no veo sentido .....mas que una casi y absoluta federacion obligada. Yo soy asi de pesimisista.

Saludos
Por Jesús Cardín
#1299839
No habéis pensado la opción más probable.

Por muy Antena 3 que sea, sus periodistas saben de esto tan poco como los de El País, El Mundo o TVE y los listos a los que entrevistan les cuelan lo que les da la gana.

A los que comentáis de la Universidad de Valencia (yo no he visto la noticia) fijaos que bien les ha venido "colarles" a los de la televisión que son ellos los únicos que pueden dar carnets de lo que sea. ¡Hay que ver la obsesión de ciertos funcionarios con otorgarse ellos la bula de expedir títulos de lo que sea!....habrá que ver si, además, están dispuestos a asumir las responsabilidades.

Un saludo,

Jesús Cardín
#1300225
Compañeros yo digo una cosa estos
Nos querrán quitar de volar pero no de construir estos políticos de momento saben donde sacarnos el
Dinero y fijaros los pu... Alemanes
Se estan haciendo con todo el mercado de distribución de Europa
Y todo lo que compramos viene de china pero pasa por Alemania os extraña que tenga que ver ellos en esto de la ley para cerrar los comercios de aeromodelismo y poder controlar ellos todooooo pensad y veréis que parece que si desde que manda este presidente todo lo está haciendo así, impuesto tras impuesto y al no poder pagar el comercio cierra son unos sinvergüenzas ¡¡¡¡¡¡ he dicho!!!!!
#1312970
Hola a todos.

Dejo este comunicado que me ha llegado para vuestra información, es del defensor del pueblo y hay algo verdaderamente interesante, SÍ hemos conseguido algo, la seguridad que teníamos de acabar bajo el mandato directo de las federaciones y en particular de RFAE aunque volemos por ocio, ya no es tal, eso que daban por impepinable ya es mas que discutible y aún así la oficina del Defensor del Pueblo no da su respuesta por satisfactoria, que no lo es.

De haber callado estaríamos ya acatando, así hay una oportunidad.

Esto es:

Estimado Sr.:

Con relación a su queja, la Dirección General de Aviación Civil indica lo
siguiente:

1- Como ya conoce, el proyecto del Real Decreto sobre regulación de aeronaves pilotadas por control remoto se sometió a audiencia pública el pasado mes de
julio.

2- Adicionalmente, mediante Resolución de la Dirección General de Aviación Civil
del Ministerio de Fomento (BOE de 22 de octubre de 2014) se sometió a
información pública el proyecto de Real Decreto con el fin de garantizar que
todos los afectados por la disposición pudieran hacer llegar a esa Dirección
General cuantas observaciones estimaran pertinentes en defensa de sus legítimos
intereses.

3- La citada Resolución otorgaba un plazo de veinte días, que finalizó el pasado
11 de noviembre de 2014, habiéndose recibido más de 70 alegaciones. Tanto
éstas como las recibidas con ocasión de la audiencia pública efectuada en el mes
de julio, están siendo objeto de valoración y análisis, por lo que la queja viene
referida a un texto inexistente, el resultante de la valoración de las
observaciones formuladas en la audiencia y en el trámite de información pública.

4- En relación con la posición definitiva de las asociaciones de aeromodelismo, es
generalizada la alegación de suprimir la regulación del aeromodelismo contenida
en el Título 11 del proyecto, rechazándose, en particular, la alegada regulación
del uso recreativo de aeromodelos por las federaciones deportivas.
Sin perjuicio
de lo anterior, algunos aeromodelistas proponen alguna regulación alternativa
limitada a aspectos relativos a la operación (uso del espacio aéreo, alturas
máximas, limitaciones de sobrevuelo aglomeraciones o en la proximidad a
aeropuertos, etc), planteando, en algunos caso, que se tenga en cuenta a tales
efectos la reglamentación para la práctica del aeromodelismo realizada por la
Comisión Técnica Nacional de Aeromodelismo y publicada por la RFAE en enero
de 2012.
Dado que dicha información no aclara la cuestión planteada, con esta fecha se
ha solicitado una ampliación de la misma, que se pondrá en su conocimiento en el
primer momento posible.


Le saluda muy atentamente,
Francisco Fernández Marugán
Adjunto Primero del Defensor del Pueblo


Agradezco a la oficina del Defensor del Pueblo su labor.
#1313337
Yo también recibí la misma comunicación la semana pasada. Parece que las instituciones que nos tienen que defender funcionan, y no estamos totalmente sometidos a oscuros poderes, pero hay que conocer las vías de comunicación oficiales y andar al tanto de todo lo que se cuece en los boletines oficiales. Muchas gracias Manuel por estar al tanto de todo esto, sin tu ayuda y la de otros muchos, yo no habría sabido dónde ni como presentar alegaciones.
#1338288
Yo también lo entiendo absolutamente prohibido.

Los comerciales sí pueden.

Por otro lado es una prohibición ganada a pulso, en plena revisión de la Ley, que la cogimos por los pelos y donde ya no solo se prohibia esto sino que encima hacían del aeromodelismo algo particular de unos pocos, en plena recogida de firmas y protestas a saco para que no nos ninguneen se han estado viendo cientos de ejemplos de vuelos FPV encima de gente alrededor de coches, filmando a altitudes peligrosas , en aproximacion a aeropuertos etc.

No lo teníamos facil pero nos lo ponemos mas dificil por la actitud de no ver el interes de grupo sino el del momento propio y no quedar mal con el caciquillo de turno, y teniendo esto en cuenta la cosa no va tan mal comparada con la que ya teníamos encima.

La información no es completa aun pero el resto no parece lesivo.
#1338296
Totalmente de acuerdo. Tenemos lo que nos merecemos. Entre otras cosas una panda de inútiles legislando,siendo asesorados por otros craks que ponen cosas como en el punto 2 apartado "a" :
"Dntro del alcance visual del piloto, sin ayuda de dispositivos electrònicos...."

Osea Futaba, Graupner, Jr, etc. dejaran de vender "dispositivos electrónicos" y nos venderán sistemas de control remoto por dispositivos mecánicos (cuerdas y engranajes y eso...) y empezarán a desarrollar algún sistema de telepatía que funcione.
Como siempre la ley se quedará para quien sepa y pueda interpretarla.

Aquí no se legisla, se prohibe todo. Hala disfrutemos de lo votado.
#1338327
Si, y estoy casi seguro que los "cracks" son de la casa, de esos que son tan pro-normativas y titulitos que ven la misma peligrosidad en un modelo que en el original ( o mas), pero que luego a la hora de la verdad no cumplen con nada mas que ser amiguete del amiguete y ya tienen el titulin ganado.

Ojo que hay dos cosas muy a favor, que por una vez muchos aeromodelistas fuimos al tiempo (y se le dio brasa hasta al apuntador) y que el Defensor del Pueblo está trabajando y no se limita a completar el trámite, que también hay que reconocer a los pocos de la Administración que hacen lo que tienen que hacer porque la verdad, escasean.
#1338364
Estoy de acuerdo con vosotros, lo de ir por ahí volando "como Pedro por su casa" se va a acabar.
Para los que no hayáis leído el último comunicado del defensor del pueblo que nos ha llegado, aquí lo dejo.
Saludos.
Adjuntos
A.JPG
B.JPG
#1338385
Que somos muchos para haber hecho más ruido, como hacen otros colectivos cuando les tocan sus intereses.

Al final cuando los Golf Charly empiezen a sacudir papeletas por el campo todo se quedará en el viejo tópico de:

Yo no sabía!! y si está prohibido ¿por qué lo venden?
#1338485
zorba escribió:Totalmente de acuerdo. Tenemos lo que nos merecemos. Entre otras cosas una panda de inútiles legislando,siendo asesorados por otros craks que ponen cosas como en el punto 2 apartado "a" :
"Dntro del alcance visual del piloto, sin ayuda de dispositivos electrònicos...."

Osea Futaba, Graupner, Jr, etc. dejaran de vender "dispositivos electrónicos" y nos venderán sistemas de control remoto por dispositivos mecánicos (cuerdas y engranajes y eso...) y empezarán a desarrollar algún sistema de telepatía que funcione.
Como siempre la ley se quedará para quien sepa y pueda interpretarla.

Aquí no se legisla, se prohibe todo. Hala disfrutemos de lo votado.
A ver, tampoco se que se esperaba.

Lo que yo entiendo al ver el punto 46.2.a es que la distancia entre el avión y el piloto a la que se puede volar es la visual, sin utilizar lógicamente dispositivos de ayuda, ¡O sea un telescopio, unos prismáticos,una cámara de vídeo o lo que sea!, vamos que el avión lo vea el piloto desde el suelo a simple vista. Así que en lo referente a lo que comentas de los equipos de radio, yo creo que lo has interpretado mal. Personalmente me parece una redacción mucho mejor que la anterior, ya que decir que se vuele por debajo de los 120 m y a menos de 250m de distancia, es una soberana chorrada, ya que la mayoría no sabemos a que altura/distancia estamos volando (el 99% no lleva telemetría). Con esta norma la cosa está clara, si lo ves, lo puedes volar, sino no. Lo cual evidentemente es lo que se lleva haciendo toda la vida. :mrgreen:

En lo referente al FPV, solo podrá hacerse, si el avión se puede ver desde el sitio que lo pilotes, sino no (Así que se necesita un compañero que nos comente, o que lo programemos para no alejarnos). No se si alguien albergaba alguna duda de si se podría o no volar en FPV como hasta ahora, yo creo que estaba bastante claro de que no podría ser, porqué lo realmente importante es el punto 46.2.f (Manteniendo la distancia a los objetos y dando prioridad al resto de aeronaves) y para hacer esto, necesitas si o si, ver el avión. En las normas americanas lo comentan como "Ver y evitar", si ves una aeronave tripulada, tienes que evitarla por todos los medios, y en FPV, es muy muy difícil ver aeronaves en vuelo porqué el ángulo de visión es reducido y la calidad del vídeo es muy justita.
zorba escribió:Que somos muchos para haber hecho más ruido, como hacen otros colectivos cuando les tocan sus intereses.

Al final cuando los Golf Charly empiezen a sacudir papeletas por el campo todo se quedará en el viejo tópico de:

Yo no sabía!! y si está prohibido ¿por qué lo venden?
Tampoco en esto veo problema, porqué precisamente han eliminado lo de "En zonas autorizadas fuera de áreas pobladas en las condiciones que establezca la Real Federación Aeronáutica Española (RFAE) o la Federación autonómica correspondiente.", que era enormemente restrictivo y lo han sustituido por algo que parece mucho más razonable, ni cerca de aeropuertos, ni en zonas controladas, fuera de ciudades o pueblos y sin sobrevolar reuniones de personas.
Así que no entiendo lo de que van a ir por el campo sacudiendo papeletas. ¿Multas?. Si estás volando tu avioncito, tu drón o lo que sea, como se lleva haciendo toda la vida, no problemmm, ahora si te pillan con la emisora y el avión no se ve ni cerca..(FPV de larga distancia), mejor apaga la emisora y di que estas haciendo pruebas para ver si pillas la tele en el campo y Reza porqué el RTH te traiga el avión y se hayan ido cuando aparezca por el cielo :lol: .

En fin, solo es mi opinión personal.

Un saludo.
#1338489
Sixto escribió:
A ver, tampoco se que se esperaba.

Lo que yo entiendo al ver el punto 46.2.a es que la distancia entre el avión y el piloto a la que se puede volar es la visual, sin utilizar lógicamente dispositivos de ayuda, ¡O sea un telescopio, unos prismáticos,una cámara de vídeo o lo que sea!, vamos que el avión lo vea el piloto desde el suelo a simple vista. Así que en lo referente a lo que comentas de los equipos de radio, yo creo que lo has interpretado mal.
Es interpretable de varias formas, se puede entender y de hecho a mi me lo parece que la cámara está prohibida cuando está destinada al control del modelo, lo mismo las gafas, y eso es en efecto la prohibición práctica del FPV a la distancia que sea ya que suma la exigencia de volar al alcance visual con la de no tener apoyos electrónicos. Si ves desde las gafas no puedes ver el modelo o incluso ni oirlo.

En todo caso la normativa si que mejora mucho en general.
Por Jesús Cardín
#1338509
De todas formas en todos los sitios "cuecen habas" y creo que más por el miedo al terrorismo que por el afán recaudatorio.

Y si no que se lo pregunten a los americanos, quienes tienen que registrar sus drones y aviones (me refiero a aeromodelos, no uso profesional) en el mismo organismo que se registran los aparatos tripulados, "triturando" así las competencias de la asociación -allí es privada- que toda la vida organizó el aeromodelismo, el AMA.

Sí es cierto que es una regulación provisional mientras se promulgan leyes definitivas sobre el uso profesional de drones en el ámbito civil y si aclaran las diferencias entre aeromodelos y uavs, pero ya el registro, por si acaso, tiene una vigencia de 5 años por lo que entiendo que no esperan que sea un proceso rápido.

Un saludo,

Jesús Cardín
#1338589
Es evidente que se ha conseguido mucho. Y que el Defensor del Pueblo ha hecho un trabajo de agradecer.
Pero de momento ya somos tres interpretaciones diferentes al artículo de marras (Vale, si, la mia al pie de la letra) y muy posiblemente el agente de la autoridad de turno tenga la suya.
Así que yo seguiré volando como siempre y que sea lo que Dios quiera.
Saludos

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