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Dudas y preguntas sobre aspectos legales y organizativos de nuestra actividad.
Fundado el 1 de Noviembre de 2007.

Moderador: Moderadores

Por Sami
#962462
Para aclarar lo que dice la ley del deporte canaria en los relativo a este hilo:

legislacion-normativas-aspectos-legales ... 56830.html

Aqui os dejo un enlace para que podais leer la ley del deporte de Canarias:

http://www.gobiernodecanarias.org/boc/1997/092/001.html



Se pueden leer cosas como:

Artículo 8.- Competencias de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

1. Corresponden a la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias las siguientes funciones:

a) La potestad reglamentaria.


Con esto queda claro que la federacion no puede reglamentar el aeromodelismo practicado como hobby, eso queda fuera de sus competencias, eso solo lo puede hacer la Comunidad Autonoma de Canarias o el propio estado.



Tambien podemos leer:

Artículo 13.- Tipología de la actividad deportiva.

La actividad deportiva podrá ser federada y de recreación deportiva:

a) Se considerará federada la practicada por personas físicas individualmente o integradas en entidades debidamente legalizadas, adscritas a la federación respectiva, bajo su dirección y supervisión y en el marco de competiciones y actividades oficiales.

b) Se considerará de recreación deportiva la practicada al margen de la organización federativa.


Con esto queda completamente claro que el aeromodelismo como aficion, como recreacion deportiva, esta protegido por la ley canaria, ademas queda claro que esta forma de practicar aeromodelismo esta "AL MARGEN DE LA ORGANIZACION FEDERATIVA", por lo tanto cualquier intento de la federacion en reglamentarla estara en contra de la ley canaria.



Mas cosas que podemos leer:

Artículo 35.- Concepto legal.

1. Son entidades deportivas las asociaciones privadas formadas tanto por personas físicas como jurídicas, dotadas de personalidad jurídica propia y capacidad de obrar, con sede en la Comunidad Autónoma de Canarias, que tengan por objeto primordial el fomento y la práctica del deporte y figuren inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de Canarias.

2. Se reconoce a las entidades deportivas el derecho a la autoorganización y, en consecuencia, a regirse por lo fijado en sus estatutos, los cuales deberán respetar el contenido mínimo que determine esta ley y sus disposiciones de desarrollo. 3. La estructura interna y el régimen de funcionamiento de las entidades deportivas se inspirarán en criterios democráticos, garantizando la igualdad de derechos y obligaciones de todos los asociados, el control de la actividad social, la posibilidad de presentar mociones de censura y estableciendo la igualdad de oportunidades para el desempeño de los cargos sociales, mediante la elección de todos los órganos de representación y gobierno a través de sufragio universal, igual, libre y secreto de todos sus socios.


Es decir, un club de aeromodelismo es completamente LEGAL y tiene derecho a AUTOREGULARSE, la federacion no puede imponerle nada fuera del aeromodelismo de competicion.



Mas cosas:

Artículo 38.- Los clubes deportivos.

1. A los efectos de esta ley, son clubes deportivos las asociaciones privadas sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica y capacidad de obrar formadas por personas físicas, y cuyos objetivos básicos son el fomento, el desarrollo y la práctica continuada de la actividad física y deportiva dentro, o, en su caso, al margen del ámbito federado.

2. Los clubes deportivos se regirán por la presente ley, por las disposiciones reglamentarias que la desarrollen y por los propios estatutos y reglamentos de régimen interno dictados en su desarrollo. Además, y siempre y cuando esos clubes deportivos se integren en las federaciones deportivas de Canarias que correspondan, reconocerán y acatarán los estatutos y reglamentos federativos territoriales respectivos o, en su defecto, los propios de las federaciones nacionales homónimas.


Como podemos ver, se reconoce que los clubes pueden estar federados o NO, un club no federado es igual de legal que uno que lo esté, ambos clubes pueden practicar aeromodelismo y los unicos que deben acatar las normas de la federacion son los clubes federados, LA FEDERACION NO ES NADIE PARA PROHIBIR NADA A LOS CLUBES O DEPORTISTAS NO FEDERADOS Y ESTOS PUEDEN PRACTICAR EL AEROMODELISMO AFICIONADO DE FORMA TOTALMENTE LEGAL SIN TENER QUE RENDIR NINGUN TIPO DE CUENTAS A LA FEDERACION.



Mas:

Artículo 39.- Los grupos de recreación deportiva.

1. Son grupos de recreación deportiva, a los efectos de esta ley, las entidades deportivas con personalidad jurídica propia que tengan como fin primordial la promoción o práctica del deporte entre sus asociados al margen del deporte federado.


Mas de lo mismo, el deporte NO federado es igual de valido y legal que el federado.



Estas son las funciones de las federaciones canarias:

Artículo 43.- Las funciones de las federaciones deportivas canarias.

Las federaciones deportivas canarias, además de sus funciones propias en el ámbito interno, ejercen, por atribución expresa de esta ley y bajo la tutela de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, las siguientes funciones públicas de carácter administrativo, actuando, en este caso, como agentes colaboradores de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias:

a) Calificar y organizar o tutelar, en su caso, las actividades y competiciones deportivas oficiales cuyo ámbito no exceda del territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias.

b) Promover y ordenar su modalidad deportiva en todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias.

c) Diseñar, elaborar y ejecutar los planes de preparación de los deportistas de alto nivel en su respectiva modalidad deportiva, de acuerdo con el desarrollo normativo correspondiente. d) Colaborar con la Administración deportiva de la Comunidad Autónoma en la formación de técnicos deportivos, y en la prevención, control y represión del uso de sustancias y grupos farmacológicos prohibidos y métodos no reglamentarios en el deporte.

e) Ejercer la potestad disciplinaria en los términos establecidos en la presente ley y sus disposiciones de desarrollo.

f) Colaborar en el control de las subvenciones y ayudas que se asignen a sus asociados en los términos establecidos en las disposiciones de desarrollo de la presente ley.

g) Ejecutar, en su caso, las resoluciones de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, el Comité Canario de Disciplina Deportiva y la Junta Canaria de Garantías Electorales del Deporte.

h) Colaborar con las Administraciones públicas en la organización de las actividades y competiciones del deporte en edad escolar.

i) Establecer y aplicar el régimen para la elección de sus órganos de gobierno y representación.


Como puede verse, LA FEDERACION CANARIA NO TIENEN NINGUN TIPO DE COMPETENCIA A LA HORA DE REGLAMENTAR EL AEROMODELISMO NO FEDERADO, NO PUEDEN OBLIGAR A NADIE A FEDERARSE PARA PRACTICAR AEROMODELISMO COMO AFICION, NO PUEDEN DECIDIR DONDE SE PUEDE PRACTICAR O NO EL AEROMODELISMO COMO AFICION.

Si despues de todo esto, hay algun aeromodelista canario que no lo tenga claro, que pregunte a los organismos oficiales de su comunidad autonoma, pero que no caiga en las amenazas que desde su federacion se estan haciendo contra el aeromodelismo no federado.
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Por Manuel Torres
#962470
Este tema es tranpolable a cualquier otra Comunidad. Las Federaciones Deportivas, son eso. Deportivas.
Solo deben entender en temas puramente de competición y/o entrenamientos exclusivamente dedicados a la competición.
Esto, ha sido así siempre y ha sido tema de discusión (en épocas pasadas) en la Comunidad Valenciana donde resido y practico el aeromodelismo, tanto como hobby como deportista, también en épocas pasadas... :(
Por fin quedó resuelto que la Federación solo interviene en temas puramente deportivos y no en la organización ni en los conflictos internos de los Clubes. :D
Por Sami
#962494
Yo creo que todos lo tenemos muy claro menos las federaciones que con su afan recaudador quieren negar la evidencia, no se conforman con los aeromodelistas aficionados que se federan aun sin tener ninguna necesidad, ellos quieren que se tengan que federar todos a la fuerza, que sea obligatorio estar federado para poder practicar aeromodelismo, quieren controlar y legislar todo el aeromodelismo, quieren el control absoluto de nuestro hobby con el unico fin de engordar sus cuentas bancarias.

Puede ser que la avaricia rompa el saco y que lo unico que consigan es tener cada vez menos federados, es como si no se dieran cuenta de que la mayoria de sus federados no estan obligados a estarlo, que pueden dejar de serlo en cualquier momento sin que ello les perjudique a la hora de practicar el aeromodelismo como un simple hobby.

Lo que todo el mundo tiene que tener muy claro es que nadie puede obligarlos por ley a estar federados, los unicos que tienen que estar federados son los aeromodelistas que compiten, todos los demas lo unico que hacemos es practicar una aficion, hacemos un uso ludico del aeromodelismo y no necesitamos estar federados para nada de nada.

Si no se para este tema de intentar regular el aeromodelismo como aficion por parte de las federaciones, desde Aeromodelistas Unidos no tendremos ningun problema en denunciar a las federaciones ante el Consejo Superior de Deportes y ante las respectivas comunidades autonomicas, no podemos consentir este tipo de atropello contra unos ciudadanos que solo ejercen su derecho a practicar de forma libre y voluntaria un deporte como aficion, las leyes nos amparan y recurriremos a ellas en caso necesario. :evil:

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