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Moderador: Moderadores

Por josecadiz
#1183998
Hola a todos esta pregunta que hago es totalmente de novato y desconocedor de este mundo.Se necesita licencia de vuelo para volar la cessna ? :shock:
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Por coyotefer
#1184015
jejeje..no hombre no..no hace falta carnet ni licencia...lo que se suele hacer sobre todo si vuelas aviones un poco grandes o simplemente por estar más tranquilo es un seguro de aeromodelismo..yo lo tengo con "generali seguros", te sale sobre 50 euros al año y si haces daño a alguien o cae el avion sore un coche etc etc estás cubierto..
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Por coyotefer
#1184016
bueno, sin ir más lejos la publicidad que encabeza este hilo..jeje
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Por sukoi
#1184017
harenna :mrgreen: :lol: :lol: :lol: , se referira a las de modelismo, hombre, lo que pasa es si han hecho una traduccion 'literal' de las instrucciones, por ejemplo, de las que se incluyen en inglaterra, ahi si es obligatorio estar en posesion de un 'titulillo' o licencia para poder volar en sitios publicos.

en españa no es obligatorio, pero si recomendable tener algun tipo de seguro de R.C. (por si las moscas) , que sea el federativo o uno particular, ahi ya no entro a la 'guerra' :lol: :lol: :lol:


saludos
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Por coyotefer
#1184028
ostrasss..no sabía que que london hacía falta una licencia..mmmmmm....eso seguro que es para que si vamos de allí de vacaciones no les podamos pasar por la piedra jejejeeje..
uiuiui si me oye la jefa que es made in london..juass
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Por ralph
#1184038
sukoi escribió:
en españa no es obligatorio, pero si recomendable tener algun tipo de seguro de R.C. (por si las moscas) , que sea el federativo o uno particular, ahi ya no entro a la 'guerra' :lol: :lol: :lol:


saludos
R.C. = Responsabilidad Civil (no radio-control), solo por si acaso es necesaria la clarificación.

Antes de hacerte un seguro específico, comprueba tu seguro hogar, y otros seguros que tengas porque puede ser que tengas cobertura para responsabilidad civil derivada de la práctica deportiva no federada, como si rompes un cristal de un balonazo, atropellas a alguien con la bici o haces cualquier otra trastada.

Realmente si te vas a un campo aislado a volar la cessna tienes menor probabilidad de causar un daño que dando una vuelta en bici por el parque, pero nunca se sabe lo que puede llegar a pasar.
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Por rilos
#1184236
En España puedes conducir coche sin carnet y sin seguro, no tendras problemas hasta que:

Te pidan los papeles la guardia civil o tengas un accidente de trafico.

Pues esto es parecido, mientras no pase nada todos felices, con el coche tienes necesariamente que compartir las carreteras con otros, aqui es mas facil alejarte de nucleos poblados donde estes tu solo con lo que sera dificil dañar a alguien o algo, un coche pesa 1000 Kg, un avioncito menos de 1Kg es realmente dificil, que no imposible atinar a alguien.

Hasta donde yo se, no es necesario acreditar de forma oficial que sabes manejar aviones de R/C para obtener la licencia de un club, pero es cierto que para federarte en un club te deben de conocer y saben que eres capaz de manejar un avion, no hay examenes ni nada de eso.

Por tanto para ejercer nuestra actividad debera ser dentro de las instalaciones de un club de aeromodelismo, para volar un avion deberas pertenecer a dicho club, por que en caso de accidente solo cubrira a los socios y no a los espontaneos.

Para poder pertenecer a un club deberas saber volar, por lo que es imposible no pasar por una primera etapa "furtiva". El club al que yo pertenezco acudia espontaneamente con el conocimiento de los socios, siempre en horario y dias de minima afluencia (cualquier momento excepto los domingos por la mañana) volando siempre alejado de los coches y personas, y ante la duda esperar o no volar.

Resumiendo, vuela cuando quieras que el peligro es minimo, vuela alejado de las personas o cosas y si no molestas ni eres visto tampoco nadie te molestara a ti, puede suceder que tengas un coche de la guardia civil tocando las narices, pero es remoto y lo mas que te puede suceder es que te hagan marcharte.

Salu2
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Por ralph
#1184254
rilos escribió:En España puedes conducir coche sin carnet y sin seguro, no tendras problemas hasta que:

Te pidan los papeles la guardia civil o tengas un accidente de trafico.

Pues esto es parecido, mientras no pase nada todos felices, con el coche tienes necesariamente que compartir las carreteras con otros, aqui es mas facil alejarte de nucleos poblados donde estes tu solo con lo que sera dificil dañar a alguien o algo, un coche pesa 1000 Kg, un avioncito menos de 1Kg es realmente dificil, que no imposible atinar a alguien.

Hasta donde yo se, no es necesario acreditar de forma oficial que sabes manejar aviones de R/C para obtener la licencia de un club, pero es cierto que para federarte en un club te deben de conocer y saben que eres capaz de manejar un avion, no hay examenes ni nada de eso.

Por tanto para ejercer nuestra actividad debera ser dentro de las instalaciones de un club de aeromodelismo, para volar un avion deberas pertenecer a dicho club, por que en caso de accidente solo cubrira a los socios y no a los espontaneos.

Para poder pertenecer a un club deberas saber volar, por lo que es imposible no pasar por una primera etapa "furtiva". El club al que yo pertenezco acudia espontaneamente con el conocimiento de los socios, siempre en horario y dias de minima afluencia (cualquier momento excepto los domingos por la mañana) volando siempre alejado de los coches y personas, y ante la duda esperar o no volar.

Resumiendo, vuela cuando quieras que el peligro es minimo, vuela alejado de las personas o cosas y si no molestas ni eres visto tampoco nadie te molestara a ti, puede suceder que tengas un coche de la guardia civil tocando las narices, pero es remoto y lo mas que te puede suceder es que te hagan marcharte.

Salu2
rilos, has empezando diciendo cosas que no son ni remotamente verdad y te has acabado contradiciendo tú solito varias veces. Es lo que pasa cuando no se tiene mucha idea de lo que se habla y se suelta semejante parrafada.

Puedes volar un aeromodelo en cualquier sitio donde puedas entrar legalmente, aparcar legalmente, permanecer de pie legalmente, que no sea sobre pueblos, ciudades y aglomeraciones de personas, y que sea espacio aéreo no controlado. A más de 5 km de aeropuertos y aeródromos, y sin subirlo a más de 300 m de altitud. No se te puede exigir ni licencia de ningún tipo ni seguro obligatorio, por que no los hay, ni una cosa ni la otra.

Como ves los requisitos no son nada restrictivos. Es cuestión de cumplir con ellos a rajatabla por la cuenta que nos trae a aeromodelistas y practicantes de vuelo libre (paramotor, ala delta, parapente...) que se rigen por las mismas normas que nosotros.
Por josecadiz
#1184268
Hombre mi pregunta es porque soy muy aficionado a la pesca tambien, y precisamente nos dan mucha caña!!!!!! con las licencias y el numero de cañas a utilizar los anzuelos, el cebo ect y te meten buenos crujidos como te pillen.no queria ir a volar mi avion y que me metieran preso :lol: :evil:
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Por rilos
#1184275
Vienes a contarme que si Josecadiz tiene una finca en propiedad o el dueño le autoriza puede volar aviones, pues tambien pero lo mas normal es volar alejado de los nucleos urbanos, incluidos aeropuertos.

Contradecirme, quizas. En teoria no puedes ir a una zona rural y sacar un avion y volar en una propiedad privada, pero en la realidad todos lo hemos hecho en alguna ocasion, una cosa es hacerlo sin mayores consecuencias si se es consciente de que nos pueden indicar lo contrario y agachar las orejitas.

Lo de acudir a un club sin ser socio, pues dependera de cada club y si tiene un vallado que limite la entrada a quienes tengan la llave, dependera que te encuentres a un vinagre que te pida el carnet y te invite a que te marches.

Legalmente podemos volar solo los socios dentro de las instalaciones de un club, y la duquesa de Alba podra hacerlo dentro de sus propiedades naturalemte, el resto de mortales dentro del salon de su casa podran volar los helis de doble rotor sin licencia federativa y sin carnet de piloto.

Y lo de volar mas alto de 300 m el peligro reside en perder de vista el avion.

Salu2
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Por ralph
#1184282
rilos escribió:Vienes a contarme que si Josecadiz tiene una finca en propiedad o el dueño le autoriza puede volar aviones, pues tambien pero lo mas normal es volar alejado de los nucleos urbanos, incluidos aeropuertos.

Contradecirme, quizas. En teoria no puedes ir a una zona rural y sacar un avion y volar en una propiedad privada, pero en la realidad todos lo hemos hecho en alguna ocasion, una cosa es hacerlo sin mayores consecuencias si se es consciente de que nos pueden indicar lo contrario y agachar las orejitas.

Lo de acudir a un club sin ser socio, pues dependera de cada club y si tiene un vallado que limite la entrada a quienes tengan la llave, dependera que te encuentres a un vinagre que te pida el carnet y te invite a que te marches.

Legalmente podemos volar solo los socios dentro de las instalaciones de un club, y la duquesa de Alba podra hacerlo dentro de sus propiedades naturalemte, el resto de mortales dentro del salon de su casa podran volar los helis de doble rotor sin licencia federativa y sin carnet de piloto.

Y lo de volar mas alto de 300 m el peligro reside en perder de vista el avion.

Salu2
Por encima de 300 m es espacio aéreo controlado. Lee un poco.

Y una finca privada, por privada que sea, si está bajo espacio aéreo no controlado se puede sobrevolar con un aeromodelo legalmente (sin superar la altitud de 300 m) . El espacio aéreo no es del dueño de la finca y puede ser utilizado por todos. Otra cosa es que puedas permanecer en ella. Si no puedes entrar te pueden echar independientemente de que estés volando un aeromodelo o simplemente paseando.

Un club de aeromodelismo, si está registrado como tal, pasa a ser también espacio aéreo restringido para todo aquel que no sea socio.

En fin
Por Emeritense
#1184503
Necesitas los mismos carnets, seguros, etc. que para lanzar un simple avión de papel...

Utiliza tu sentido común para no causar ningún daño a nada y/o a nadie, pues en el caso de causarlo tienes la obligación de repararlo y no sobrevueles ningún espacio aereo controlado, tan simple como eso, pues aunque algunos se inventen o expongan leyes que no existen, no por ello es obligatorio que te hagas un seguro, pertenezcas a un club, te federes, etc. al igual que tampoco es obligatorio que lleves una caja de vuelo con todos los accesorios bien organizados o ir vestido de piloto de lineas aereas, torero o drag-queen... :wink:

Algunos con tal de tener un "carnet " mas en la cartera que no sirve especialmente para mucho si no tienes intención de competir en pruebas, quedadas, exhibiciones, etc. que organicen las federaciones, etc. se inventan hasta supuestas "leyes" para que con los fondos de muchos se beneficien unos pocos...

Se responsable y que disfrutes mucho con esta bella afición.
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Por rilos
#1184532
No estoy de acuerdo con el Sr: Emeritense

En aeromodelismo cabe desde un corchito de 300 gr hasta un avion de 5 ó 10 Kg, si tienes un accidente puedes romper desde una mala hierba, un matorral, dañar un coche o una casa hasta una persona, dependiendo de donde vueles.

Si vivimos en sociedad son necesarias las normas que regulen las actividades humanas, estas normas nunca seran perfectas pero siempre suelen ser mejor que nada.

Yo mismo he dicho que volar en un lugar remoto un avion ligero, donde no tengas la posibilidad de dañar cosas y sobre todo personas, nadie te molestara. Esto es factible y aunque es posible que no sea legal tampoco estaremos delinquiendo.

Bajo mi entender el desarroyo de nuestra aficion, a parte de volar un avion durante 10 minutos, tambien tiene su parte social en un club donde se comparten experiencias y conocimientos, por tanto para conocer a mas aficionados debes acudir a un club, y para poder acudir a un club al final es recomendable hacerte socio pues hay que pagar el alquiler del terreno, mantenimiento de la zona, federacion etc etc.

Y segun volamos una cesnita de 500 gr por cualquier lugar, por que en cualquier lugar aterriza y despega, no es asi con un glow de 5 - 10 kg que sera mas que recomendable una pista asfaltada.

Salu2
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Por ralph
#1184586
rilos escribió:
Yo mismo he dicho que volar en un lugar remoto un avion ligero, donde no tengas la posibilidad de dañar cosas y sobre todo personas, nadie te molestara. Esto es factible y aunque es posible que no sea legal tampoco estaremos delinquiendo.
¿Qué clase de argumento sin sentido es este? Creo que resume bien tu manera de pensar al respecto de este tema. Tienes un cacao mental impresionante.

Volar un avión ligero (o pesado) en un lugar remoto (alejado de zonas pobladas, y por supuesto aeropuertos, aeródromos, etc...) es perfectamente legal. PUNTO.

Partiendo de ahí siempre, incluso en lo más despoblado del desierto de los Monegros, hay una probabilidad no nula de dañar cosas o personas, de ahí la conveniencia de un seguro, y sobre todo de buscar un sitio donde la probabilidad sea lo más baja posible.
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Por ralph
#1184591
Emeritense escribió:Necesitas los mismos carnets, seguros, etc. que para lanzar un simple avión de papel...

Utiliza tu sentido común para no causar ningún daño a nada y/o a nadie, pues en el caso de causarlo tienes la obligación de repararlo y no sobrevueles ningún espacio aereo controlado, tan simple como eso, pues aunque algunos se inventen o expongan leyes que no existen, no por ello es obligatorio que te hagas un seguro, pertenezcas a un club, te federes, etc. al igual que tampoco es obligatorio que lleves una caja de vuelo con todos los accesorios bien organizados o ir vestido de piloto de lineas aereas, torero o drag-queen... :wink:

Algunos con tal de tener un "carnet " mas en la cartera que no sirve especialmente para mucho si no tienes intención de competir en pruebas, quedadas, exhibiciones, etc. que organicen las federaciones, etc. se inventan hasta supuestas "leyes" para que con los fondos de muchos se beneficien unos pocos...

Se responsable y que disfrutes mucho con esta bella afición.
rilos escribió:No estoy de acuerdo con el Sr: Emeritense

En aeromodelismo cabe desde un corchito de 300 gr hasta un avion de 5 ó 10 Kg, si tienes un accidente puedes romper desde una mala hierba, un matorral, dañar un coche o una casa hasta una persona, dependiendo de donde vueles.

Si vivimos en sociedad son necesarias las normas que regulen las actividades humanas, estas normas nunca seran perfectas pero siempre suelen ser mejor que nada.

Yo mismo he dicho que volar en un lugar remoto un avion ligero, donde no tengas la posibilidad de dañar cosas y sobre todo personas, nadie te molestara. Esto es factible y aunque es posible que no sea legal tampoco estaremos delinquiendo.

Bajo mi entender el desarroyo de nuestra aficion, a parte de volar un avion durante 10 minutos, tambien tiene su parte social en un club donde se comparten experiencias y conocimientos, por tanto para conocer a mas aficionados debes acudir a un club, y para poder acudir a un club al final es recomendable hacerte socio pues hay que pagar el alquiler del terreno, mantenimiento de la zona, federacion etc etc.

Y segun volamos una cesnita de 500 gr por cualquier lugar, por que en cualquier lugar aterriza y despega, no es asi con un glow de 5 - 10 kg que sera mas que recomendable una pista asfaltada.

Salu2
¿Con qué no estás de acuerdo? ¿Con lo de "bella afición"?, ¿con lo de utilizar el sentido común?

Lo primero que dice Emeritense se puede comprobar que es cierto leyendo reglamentaciones y leyes, respecto del otro comentario de Emeritense, la prueba de que "algunos" existen se encuentra en tu propia respuesta, rilos.
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Por coyotefer
#1184592
buenas rilos & compañía.. sobre este tema hay bastante para leer en el foro por la parte de abajo en temas de legalidad etc etc..es posible hasta que vosotros mismos hayáis intervenido, yo no me acuerdo aunque sí me lo he chupado entero, yo creo que hay una opinión común para todos, volemos donde sea y según las posibilidades de cada uno,para mí lo más conveniente es tener un seguro como el que comenté antes,el de generali por poner un ejemplo, que yo no tengo ningún interés con ellos, pero yo hablé por tlfn con el "corredor" (que por cierto me comentó ser del gremio) les pedí un resumen en cristiano de lo que venía a decir la póliza y el resumen fué más o menos.."te cubre los daños a terceros que produzcas con un aermodelo (salvo a otros aeromodelos) en zonas habilitadas o no por las federaciones, es independiente e indiferente,incluye la práctica de fpv, que las licencias federativas creo que no lo recogen y ámbito nacional..eso a grandes rasgos..sin entrar en letra pequeña.. yo creo que por el precio de una lipo al año merece la pena dormir tranquilo..aunque vayamos a volar al monte no estamos libres de una pérdida de señal y que el avion se vaya a estrellar a una carretera..habría que saber si un aeromodelo se sale del campo de vuelo y se estrella a 500m de allí si la licencia federativa lo cubriría..no es por echar tierra encima de las federaciones ehh..ojo..puede que sin ellas no habríamos llegado a donde estamos, y no podríamos haber visto el campeonato del mundo f4c en españa, ni los concursos , competiciones etc etc con lo que eso contribuye al progreso del hobby, tiendas y demás..pero se puede pertenecer a una federación y además tener las espaldas cubiertas por el precio de una lipo al año..
Por Emeritense
#1184707
rilos escribió: Lo de acudir a un club sin ser socio, pues dependera de cada club y si tiene un vallado que limite la entrada a quienes tengan la llave, dependera que te encuentres a un vinagre que te pida el carnet y te invite a que te marches.
Aunque podría argumentar con diferentes (y numerosos) Fundamentos de Derecho, arrojo un poco mas de luz al tema, con algo sencillo, pues algunos andan bastante equivocados y pueden equivocar a los demás... :wink:

Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte. Preámbulo:

El objetivo fundamental de la nueva Ley es regular el marco jurídico en que debe desenvolverse la práctica deportiva en el ámbito del Estado, rechazando, por un lado, la tentación fácil de asumir un protagonismo público excesivo y, por otro lado, la propensión a abdicar de toda responsabilidad en la ordenación y racionalización de cualquier sector de la vida colectiva. No es necesario recurrir para ello al discurso sobre la naturaleza jurídica de la actividad deportiva, toda vez que, la práctica del deporte es libre y voluntaria y tiene su base en la sociedad. Basta la alegación del mandato, explícito en el artículo 43 de la Constitución e implícito en todo su texto, para explicar y justificar que una de las formas más nobles de fomentar una actividad es preocuparse por ella y sus efectos, ordenar su desarrollo en términos razonables, participar en la organización de la misma cuando sea necesario y contribuir a su financiación.

El fenómeno deportivo, actividad libre y voluntaria, presenta aspectos claramente diferenciados:

La práctica deportiva del ciudadano como actividad espontánea, desinteresada y lúdica o con fines educativos y sanitarios.

La actividad deportiva organizada a través de estructuras asociativas.

Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte. Artículo 33.

Las Federaciones deportivas españolas, bajo la coordinación y tutela del Consejo Superior de Deportes, ejercerán las siguientes funciones:

Calificar y organizar, en su caso, las actividades y competiciones deportivas oficiales de ámbito estatal.

Actuar en coordinación con las Federaciones de ámbito autonómico para la promoción general de su modalidad deportiva en todo el territorio nacional.

Diseñar, elaborar y ejecutar, en colaboración, en su caso, con las Federaciones de ámbito autonómico, los planes de preparación de los deportistas de alto nivel en su respectiva modalidad deportiva.

Como soy extremeño, continuo argumentando con los Fundamentos de Derecho aplicables en mi Comunidad Autónoma, pues por aquí el asunto está perfectamente legislado

Ley 2/1995, de 6 de abril, del Deporte de Extremadura.

Exposición de motivos:

Dentro del marco constitucional, que ordena a los poderes públicos el fomento de la educación física y el deporte, la Ley Extremeña parte de dos principios fundamentales: el de igualdad de los ciudadanos en el acceso al deporte, y el de promoción de la actividad deportiva de base, deporte para todos. Y todo ello porque esta exigencia de que los poderes públicos atiendan favorablemente el fenómeno deportivo, consagra el deber de los mismos de fomentar, proteger y garantizar el acceso de todos los ciudadanos, sin distinción, a la práctica deportiva, como un valor importante en el desarrollo individual y en el progreso de la Comunidad en su conjunto.

Ley 2/1995, de 6 de abril, del Deporte de Extremadura.

Artículo 2.

Los poderes públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura garantizarán, en el ejercicio de sus respectivas competencias, el derecho de todos los ciudadanos extremeños a desarrollar y ejercitar sus facultades físicas, intelectuales y morales mediante el libre acceso a una formación física adecuada y a la práctica del deporte.

Artículo 5, c

En materia de equipamientos deportivos:

La planificación y promoción de una red de instalaciones deportivas en Extremadura, suficiente y racionalmente distribuida, procurando una utilización óptima de todas las instalaciones y material afectado a la educación física y el deporte.

Artículo 25.

Las Federaciones Deportivas Extremeñas regularán su estructura y régimen de funcionamiento, por medio de sus propios estatutos, elaborados de acuerdo con las prescripciones de esta Ley y de las disposiciones de desarrollo de la misma, así como, en lo que proceda, con las normas estatutarias y reglamentarias de las Federaciones Deportivas Nacionales en que se integren.

Artículo 66.

La Junta de Extremadura podrá llevar a cabo la ejecución del Plan Regional de Instalaciones Deportivas a través de sus recursos propios o en colaboración con la Administración del Estado, las Diputaciones Provinciales, los municipios extremeños y otras entidades públicas o Federaciones Deportivas Extremeñas.

Artículo 69.

Todo proyecto de construcción, ampliación o mejora de instalaciones deportivas, financiado en todo o en parte por la Junta de Extremadura, deberá acompañar necesariamente un programa de utilización y gestión, con el fin de garantizar la rentabilidad social y deportiva de las mismas.

Ley 2/1995, de 6 de abril, del Deporte de Extremadura.

Competencias de los municipios extremeños en materia de deporte

Artículo 8. 1. a

En el ámbito de sus respectivos territorios, corresponde a los Municipios extremeños:

a) Promover de forma general la actividad física y el deporte en el ámbito municipal, especialmente en el área escolar, y fomentar las actividades físicas de carácter extraescolar y recreativas en el marco de las directrices de la Comunidad Autónoma de Extremadura

d) Velar por la plena utilización de las instalaciones deportivas de su territorio.

Por tanto, le pese a quien le pese, si alguien "avinagrado" de un club (federado o no federado) te pide el carnet y te invita a marcharte, es tan simple como llamar a la Guardia Civil para que tome la correspondiente filiación al susodicho "avinagrado", presidente del club, máximo responsable presente, etc. posteriormente se levante un atestado en el que conste que en el "club los volandones prepotentes" (por citar alguno que pudiese existir) contradicen lo expuesto en la Legislación Vigente pues ninguna Ley dice que sea obligatorio estar federado, pertenecer a un club, tener seguro, etc. para practicar el aeromodelismo.

Posteriormente cursas una denuncia ante el Juzgado y ante el Consejo Superior de Deportes para que se "avinagren" del todo, pues en lugar de poner tantas pegas, intentar sacarle los cuartos a la gente, etc. lo que tienen que hacer es simplemente lo que se expone tan claramente en la Legislación Vigente

Evidentemente si el terreno donde se encuentra la pista de vuelo es privado no podrás acceder aunque igualmente podrás denunciar al "club los volandones prepotentes" por incumplimiento de la Legislación Vigente para que les metan un buen paquete y les den un buen tirón de orejas desde el Consejo Superior de Deportes penalizando a la federación (si procediese) subsidiariamente por el incumplimiento de la Ley en el citado club de aeromodelismo, aunque tampoco has de preocuparte en exceso, pues con ver la titularidad del terreno en el Registro Civil (una nota simple apenas cuesta 3 euros) te darás cuenta que la mayoría de clubs de aeromodelismo están en terrenos públicos cedidos oficial u oficiosamente (a veces ni siquiera lo último) de Ayuntamientos, Diputaciones, Comunidades Autónomas, etc. con lo cual, si se ponen "avinagrados" es solo problema de ellos, pues el desconocimiento de las Leyes no les exime de su cumplimiento.

Lo dicho, se responsable y disfruta de esta bella afición.
Última edición por Emeritense el Mar, 18 Dic 2012 1:06, editado 1 vez en total.
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Por ralph
#1184723
Emeritense, lo mismo que te dije antes que suscribía lo que decías, te digo ahora que no estás interpretando bien la ley que citas. Si quieres ir a un club, pide permiso y que te inviten. Acata las normas y finalmente tendrás que hacerte socio y pagar la cuota como el resto de los socios.

Una cosa es exigir que se nos deje seguir disfrutado libremente de lo que es público y otra muy distinta es abolir la propiedad privada.

Edito porque has editado mientras yo escribía esto, aunque sigues viniendo a decir que crees tener derecho a usar las instalaciones de un club sin ser socio y si te invitan a irte puedes denunciar ese hecho. Pues no, te equivocas.
Por Emeritense
#1184726
Emeritense escribió: Evidentemente si el terreno donde se encuentra la pista de vuelo es privado no podrás acceder aunque igualmente podrás denunciar al "club los volandones prepotentes" por incumplimiento de la Legislación Vigente para que les metan un buen paquete y les den un buen tirón de orejas desde el Consejo Superior de Deportes penalizando a la federación (si procediese) subsidiariamente por el incumplimiento de la Ley en el citado club de aeromodelismo.
Sin acritud:

Creo que no has leído con atención lo de arriba, pues no se trata de ir por las bravas a invadir, allanar, etc. un lugar privado para volar avioncitos, ya que cometeríamos un delito, de lo que se trata es que si en ese lugar privado, hay un club federado de aeromodelismo declarado como tal (de ahí lo de penalizando a la federación, etc.), conforme a la Legislación Vigente deben "promocionar la modalidad deportiva" y por tanto si solicito formalmente el ingreso en el citado club y sin causas objetivas no me aceptan, el citado hecho es denunciable en si ante el Consejo Superior de Deportes.

Tal vez no me explicase con la suficiente claridad pero por favor, no le busques los tres pies al gato y no descontextualices lo que yo he dicho con lo que "tu" interpretas que he dicho.

Si quisiese ir a un club de aeromodelismo en un terreno privado tengo que solicitarlo previamente, hacerme socio si me aceptan y cumplir con todos los condicionantes que tengan, pues para eso es privado.

Si el terreno es público perfectamente puedo acceder y utilizarlo como el resto de la ciudadanía.

Si el terreno es público y ha sido cedido oficialmente en Extremadura por algún Ayuntamiento, Diputación, etc. a un club de aeromodelismo, si procediese, podría escribir a quien correspondiese amparándome en la Ley 2/1995, de 6 de abril, del Deporte de Extremadura, Artículo 8. 1. a, b) donde se expone "Velar por la plena utilización de las instalaciones deportivas de su territorio" para poder utilizar las citadas instalaciones.

Saludos, poco viento y buenos vuelos.
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Por ralph
#1184730
Esto si. Es que lo mismo que no me gusta que se vaya metiendo miedo con el coco al que empieza y va a un campito a volar la cessnita de 1 metro porque no tiene acceso a un club,o no ve la más mínima necesidad, tampoco es cuestión de satanizar los clubes.

Un club lo montan grupos de aeromodelistas que se hacen numerosos de ir quedando siempre en los mismos sitios y deciden alquilarse una parcela o, con suerte, que se la ceda el ayuntamiento. Por lo general gente buena, como la mayoría, y nada elitistas.

Y no he visto acritud en tus palabras, como tampoco la hubo en mi respuesta.

Saludos
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Por rilos
#1184734
Parece un foro de derecho constitucional, quien inicio este post se le van a quitar las ganas de volar la cesna no sea le metan 6 años en la carcel como al lute por robar una gallina.....

Salu2
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Por coyotefer
#1184784
jejejeje...rilos ..ahí le has dado!! jeje..de un simle comentario es cierto que el chaval se va a pensar que esto es más complicado que llevar un trailer sin carnet..que le das y fuera!!!como hemos hecho todos..
Por Emeritense
#1184811
rilos escribió:Parece un foro de derecho constitucional, quien inicio este post se le van a quitar las ganas de volar la cesna no sea le metan 6 años en la carcel como al lute por robar una gallina.....

Salu2
No fui yo quien vertió argumentos torticeros ni quien intento meter el miedo en el cuerpo a una persona interesada en iniciarse en el aeromodelismo, por eso aporté argumentos fehacientes basados en la Legislación Vigente en lugar de inventar argumentos sin sentido que seguramente no fomentarían la práctica del aeromodelismo.

Una vez aclarado el tema, por mi, punto y final
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Por coyotefer
#1184812
no hombre no..que no se enfade nadie ni a nadie le tiene que sentar nada mal...para eso es el foro, para hablar las cosas y entre todos informarnos y aprender, no siempre hay que estar de acuerdo en todo, este hilo sobre todo para los de tu tierra puede ser muy provechoso, a lo mejor para mí menos porque aquí a lo mejor las leyes son diferentes, pero bueno, el saber no ocupa lugar... aquí es diferente, porque los vascos hacen lo que quieren, hasta nacen donde les da la gana....jejejeje.... saludosss
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Por rilos
#1185207
Emeritense escribió:
rilos escribió:Parece un foro de derecho constitucional, quien inicio este post se le van a quitar las ganas de volar la cesna no sea le metan 6 años en la carcel como al lute por robar una gallina.....

Salu2
No fui yo quien vertió argumentos torticeros ni quien intento meter el miedo en el cuerpo a una persona interesada en iniciarse en el aeromodelismo, por eso aporté argumentos fehacientes basados en la Legislación Vigente en lugar de inventar argumentos sin sentido que seguramente no fomentarían la práctica del aeromodelismo.

Una vez aclarado el tema, por mi, punto y final
Solo puedo añadir desde la base de la legalidad vigente y aun teniendo en cuenta las posibles opciones en cuanto al rigor apreciado en base a mis conocimientos solo refuerzan mis convicciones el lo que a esta realidad se refiere. No sin aclarar antes que la norma escrita esta perceptiblemente visible y se puede entender perfectamente para quienes asi lo desen, dicho esto tengo la cuestion suficientemente clara para poder enfatizar la desidia no es buena compañera del orden y el derecho.

Madid a 20 de diciembre de 2012

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