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Dudas y preguntas sobre aspectos legales y organizativos de nuestra actividad.
Fundado el 1 de Noviembre de 2007.

Moderador: Moderadores

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Por LANDRIUS
#1287798
Aeromodelistas Unidos-AU ha presentado una queja ante la Defensora del Pueblo, dicha queja recoge un poco lo mas básico de lo que necesitamos, que nos quiten de encima a los señores federativos y que nos escuchen antes de regular nuestra actividad.

El foro no permite la extension en la que esta dicho documento y al copiarlo sale un churro, así que lo pondré lo antes posible, mientras podeis descargarlo de mi blog:

http://landriusnomiente.wordpress.com/

Este documento se puede usar en todo o en parte para quejas, alegaciones etc, con ese ánimo lo cede la asociación y con ese ánimo se elaboró, además de el principal de la queja.
Esperemos que la Defensora del Pueblo tenga a bien echarnos una mano a conseguir un poco de justicia para el aeromodelismo recreativo, que no veas lo hambrientos que vamos de eso.

Si alguno quiere apoyar la queja con otra personal y está de acuerdo en todo lo que Aeromodelistas Unidos solicita, entonces puede descargarse un documento para enviar al defensor del pueblo sin tener que enviar todo el otro con cambio de nombre y esas cosas.

Tambien podeis descargarlo del blog o copiarlo de aquí (aconsejo descargarlo y cubrilo con los datos por ser mas facilon el asunto), se envia al nombre y direccion que constan en la cabecera del documento.

SOLEDAD BECERRIL BUSTAMANTE
Defensora del Pueblo.
Calle Zurbano, 42, 28010 Madrid


Don_______________________________________________ DNI _____________________
Dirección ___________________________________________ CP _____________________
Provincia_________________
Por la presente deseo mostrarle, Doña Soledad, mi total apoyo a la queja presentada ante usted por la asociación Aeromodelistas Unidos, con número de registro 14043139, y con fecha del 19 de agosto de 2014, relativa al proyecto de Real Decreto por el que se regula la utilización de las aeronaves pilotadas a control remoto, tituloII, en el cual se pretende regular el aeromodelismo como actividad deportiva privada, no federada y recreativa, que practico. Documento que suscribo.

Firmado: fecha:



Ademas, cualquier duda es preguntar y listo.

El ofrecimiento que hago, aunque no soy representante de AU, lo hago con consentimiento de sus representantes.
No me robé el papelote :mrgreen: :mrgreen:

Teneis la información original en este enlace:
http://www.aeromodelistasunidos.org/for ... =27&t=1552
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Por LANDRIUS
#1287848
El documento, para quien no pueda verlo.

OFICINA DEL DEFENSOR DEL PUEBLO
C/ Zurbano, 42
28010 MADRID


Algeciras, 19 de agosto de 2.014

Me presento ante Vd. En mi calidad de presidente de la asociación Aeromodelistas Unidos, asociación sin ánimo de lucro con C.I.F. CIF: G72172521, fundada en 2010 en Inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones: Grupo 1, Sección 1, Número Nacional 595658, y que tiene entre sus fines la defensa de los intereses de los aeromodelistas ante las administraciones públicas o ante cualquier entidad pública o privada.
El motivo del presente escrito es manifestarle la posición de esta asociación y exponerle además la situación de interés general con relación al aeromodelismo, actividad polifacética en cuanto a su vertientes de tipo cultural, de ocio y esparcimiento, tecnológica, educativa, experimental y también deportiva. Situación producida tras haberse conocido el oficio que, de conformidad con lo previsto en el artículo 24.1.c) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, La Dirección General de Aviación Civil ha dirigido el día 14 del pasado mes de julio, tanto a la Asociación Española de RPAS (AERPAS) como a la Real Federación Aeronáutica Española (RFAE), sobre el Proyecto de Real Decreto por el que se regula la utilización de las aeronaves pilotadas por control remoto, proyecto que está en fase de alegaciones, cuyo plazo que vence el próximo día 5 de septiembre de 2014.

Esta asociación se ha presentado ya en dos ocasiones a Dña. Isabel Maestre, directora General de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), órgano dependiente de esa misma Dirección General de Aviación Civil, en los términos expresados en los documentos que se adjuntan, por tanto nos cabe entender ambos organismos son conocedores de nuestra existencia para los actos que nos ocupan.

Es de señalar que al día de hoy no hemos recibido en esta asociación respuesta alguna por parte de dicho organismo a ninguno de los dos escritos, ni se contado con esta asociación como parte consultiva en el desarrollo de este proyecto de Real Decreto a pesar del conocimiento de nuestra existencia.
Cabe destacar que el último de nuestro escritos, enviado el pasado mes de abril a través del Registro Electrónico Común de la AGE, solicitaba aclaraciones acerca del comunicado emitido por dicha Agencia a los medios de comunicación y en el que a nuestro modo de vez se vertían inexactitudes y se creaba confusión a los aeromodelistas y hacia el público en general sobre aspectos legales acerca de la práctica del aeromodelismo en nuestro país. Escrito en el que además de nuevo ofrecíamos la colaboración de esta asociación en el desarrollo de cualquier disposición regulatoria que pudiera desarrollarse, situación que por el conocimiento de este proyecto de Real Decreto queda evidenciada y decisión de rechazo hacia nuestra colaboración, que aunque no entremos a calificar en este escrito, y reservándonos cualquier actuación futura, si que nos atrevemos a rechazar firmemente.

Prueba también del ánimo de AESA de no informar, o mas bien esconder a los afectados el desarrollo de dicho Real Decreto es la carta que acompañamos, recibida por parte de uno de nuestros socios, en la que como respuesta a una reclamación personal similar a la de nuestra asociación en referencia al mismo comunicado de AESA, en este caso si le responde sin rectificar en cuanto a que hubiera en vigor regulación explícita alguna en referencia al aeromodelismo en el momento de su comunicado y por supuesto informar que AESA estuviera participando en el desarrollo de un proyecto de Real Decreto al respecto.
Tampoco se han solicitado alegaciones ni se ha informado del proceso de regulación sobre este proyecto de Real Decreto a los ciudadanos aeromodelistas que practican esta actividad de forma recreativa no federada, sea de forma directa, en grupo, o en asociaciones, actividad afectada de forma directa a la que se dedica el Título II de dicho proyecto de Real Decreto.

Por otro lado, en dicho título II del proyecto de Real Decreto se otorga a RFAE (Real Federación Aeronáutica Española) o federaciones aeronáuticas autonómicas la potestad para regular todos los requisitos exigibles a los practicantes de aeromodelismo recreativo no federado, sean para las zonas en las que se practique dicha actividad, o requisitos para los propios practicantes de dicha actividad recreativa, de forma que se establece un sistema de exclusividad total a favor de las asociaciones privadas, denominadas "federaciones aeronáuticas", para el desarrollo del aeromodelismo en todas sus facetas, en detrimento de las capacidades legales de autorregulación de otras asociaciones deportivas para sus actividades y de la propia expresión del aeromodelismo como recreo, reconocida expresamente en el preámbulo de la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte como " La práctica deportiva del ciudadano como actividad espontánea, desinteresada y lúdica o con fines educativos y sanitarios" , diferente de toda actividad propia de las federaciones y las funciones públicas delegadas en ellas, reguladas por dicha Ley y las respectivas autonómicas.

Las Federaciones Aéreas, por sus estatutos, sistemas electorales y por tanto sus órganos de gobierno no representan al colectivo de deportistas que no sean de competición o que practiquen actividades que les sean propias y por supuesto y obviamente en absoluto representan los intereses ni reflejan la situación, casuística y diversidad de los aeromodelistas y clubes no federados y que practican el aeromodelismo como hobby o actividad de ocio, siendo estos últimos colectivos citados la inmensa mayoría del colectivo de aeromodelistas en este país. Por otro lado, la asociación AERPAS, es obvio que nada tiene que ver con el Título II de este Real Decreto, referente al aeromodelismo.
Por otro lado, si el deporte de recreo se reconoce y se regula mediante las respectivas leyes deportivas desde Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y uno de los requisitos que constan en el proyecto de Real Decreto, objeto de la presente, es que la altitud máxima de vuelo en todo caso no permite el acceso a la servidumbre del espacio aéreo destinado a la navegación aérea, no entendemos el objeto de cualquier otro requisito adicional por parte de la autoridades aeronáuticas del Ministerio de Fomento ni la inclusión en el Real Decreto en cuestión.

En todo caso, queremos añadir además que:

1. Los intereses del colectivo de aeromodelistas que practican su actividad por recreo, pertenecientes a clubes no federados, a asociaciones deportivas como la nuestra u otras, a clubes no federados o que no pertenecen a ningún ente asociativo, no están representados ni por RFAE ni por AERPAS, ni por cualquier otra federación aeronáutica.

2. Este colectivo recreativo no federado es mayoritario en el aeromodelismo.

3. No ha sido llamado a consultas ni se ha dado la opción de hacer alegaciones, a nuestro colectivo, principal destino del Título II del proyecto de Real Decreto, ni a través de nuestra asociación, ni a través de otras asociaciones diferentes, clubes o agrupaciones de aeromodelistas, ni de forma directa a los ciudadano interesados.

4. No se ha informado de la intención de regular nuestro deporte de recreo a pesar de que la difusión de una nota informativa de AESA anunciando la inminencia del proyecto objeto de la presente daba unas informaciones incorrectas sobre aeromodelismo, por las cuales solicitamos aclaraciones sin éxito y al mismo tiempo ofrecíamos nuestra colaboración ante cualquier futuro desarrollo normativo.
Refuerza nuestro argumento el hecho de que las competencias públicas delegadas en RFAE se le atribuyen mediante la Ley 10/990 de 15 de octubre sin que en ningún caso se contemple regulación alguna de la actividad recreativa no federada, y nos aleja todo atisbo de duda la reciente sentencia del Tribunal Administrativo del Deporte, resolución del día 6 de junio de 2014, en la que en sus fundamentos de derecho 6 y 7 podemos encontrar entre otros los siguientes:

- "El sistema jurídico español no establece, ni sería admisible constitucionalmente que lo estableciera, ningún tipo de exclusividad completa y absoluta para el desarrollo de una clase, tipo, modalidad o disciplina deportiva a favor de ninguna entidad deportiva, ni siquiera para aquellas como las Federaciones deportivas españolas o autonómicas que ejercen funciones públicas por delegación de la correspondiente administración competente."
- “No solo las federaciones deportivas españolas o autonómicas están facultadas para desarrollar y organizar las competiciones oficiales, sino que además, están obligadas a garantizar que el sistema público establecido por las respectivas leyes del deporte sea respetado y se garantice la correcta aplicabilidad de las leyes del deporte.”
- “Una vez definido y sentado como principio básico del sistema legislativo deportivo español que las Federaciones deportivas, y en este caso, la RFEDETO, están obligadas a preservar el interés general de los ciudadanos en el marco de las actividades deportivas amparadas o sujetas a la legislación del deporte,….”

En este sentido, el parecer de muchos otros aeromodelistas interesados coincide con los expresados por nuestros socios y simpatizantes y se plasman en una recogida de firmas en la plataforma change.org, en http://chn.ge/1nFSMh5propuesta por un aeromodelista de recreo no federado, cuya petición para el Director de Aviación Civil es la siguiente: "Eliminen las competencias otorgadas a federaciones deportivas en el proyecto de Real Decreto para la operación de "RPAS", y den audiencia a los aeromodelistas recreativos no federados." petición respaldada por mas de 1.500 personas en el momento de elaborar este escrito, que en su gran mayoría son aeromodelistas, pues en ese ámbito se recogen.

La relevancia del apoyo a la petición es mas que notable, al hecho de que la petición lleva en marcha muy pocas semanas y en época estival, hay que sumar que según datos del Consejo Superior de Deportes para 2013, la RFAE representaba a 4.294 deportistas, y esto incluyendo a todos los deportes aeronáuticos, y si comparamos las cifras con las de aeromodelistas representados por las distintas federaciones aeronáuticas autonómicas, esto es superior a la gran mayoría.

Existen además en este proyecto de Real Decreto, numerosas ausencias e incongruencias de tipo técnico. Carencias de expresión y diferenciación en cuanto a la variedad de disciplinas, modalidades, técnicas de vuelo, equipamientos, tamaños y pesos de los aeromodelos, etc. que hacen la propuesta de normativa algo que a nivel administrativo es incomprensible, e injusto por indiscriminado, y dejado a en manos de federaciones ambiguo e irresponsable. También ausencias como puede ser la obligatoriedad de la posesión de un seguro de responsabilidad civil en según que circunstancias, algo en lo que la mayoría de aeromodelistas estamos a favor, pero algo que de ninguna manera entendemos pueda ser decisión de una federación deportiva valorarlo o acotarlo, sino de la administración. Ejemplos que a nuestro modo de ver tienen su origen por falta de rigurosidad, por improvisación y por mal asesoramiento en el proceso de desarrollo. Por una, entendemos retorcida, negación de la existencia del aeromodelista recreativo no federado (y mayoritario), no se nos ha dado la oportunidad de hacer nuestras aportaciones como afectados directos por la normativa, ni a colectivos ni a asociaciones deportivas, incluida la que presido que se presentó y ofreció ante AESA, ni a los ciudadanos afectados directamente. Y se entrega a RFAE, asociación privada deportiva, el control total del aeromodelismo incluyendo nuestra actividad lúdica no federativa, que le es totalmente ajena, lo cual entendemos, al igual que el Tribunal Administrativo para el Deporte, contra derecho.

Otro último aspecto a destacar es que este Título II que pretende regular el aeromodelismo en este país impone sin explicación o razonamiento alguno severas y caprichosas restricciones a la actividad en comparación con otros países de nuestro entorno cercano de la CE o de otros países con mayor experiencia y actividad en aeromodelismo y con mayor tráfico aéreo civil.
Por lo que le ruego que tenga a bien interceder por los derechos de este y cualquier otro colectivo de aeromodelismo no actualmente representados en este proyecto de Real Decreto ante la Dirección General de Aviación Civil y ante cualquier otro organismo ante el cual usted crea oportuno, de modo que:

1. No se faculte a la RFAE o a las Federaciones Autonómicas, ni para representarnos puesto que es algo fuera de sus competencias e intereses deportivos, ni para regular nuestra actividad, en cualquier caso ajenos a nuestros intereses.

2. No se siga adelante con el desarrollo de este proyecto de Real Decreto, o en su caso excluir de él dicho Título II referente al aeromodelismo, por estar dicho título viciado en su origen y carecer del mínimo rigor, discernimiento y extensión técnica necesaria con relación a la amplia extensión del aeromodelismo en cuanto a actividades, disciplinas, tecnologías, etc. y en sus vertientes de deporte, actividad de ocio y ciencia.

3. Se dé legitimidad por parte de la Administración a esta y cualquier otra asociación cuyos fines incluyan el aeromodelismo, garantizando que estén integradas en los procesos de elaboración de cualquier normativa que afecte al aeromodelismo.

4. Se inste a la Administración del Estado a que cualquier desarrollo normativo que pueda afectar al aeromodelismo tome como referencia y ejemplo, no siendo por tanto mas restrictivo sin motivo alguno, el de países de nuestro entorno cercano con mas experiencia y volumen de actividad, tanto en aeromodelismo, como en cuanto a tráfico de aviación civil, por tanto este último pudiera verse cuestionado en cuanto a su seguridad.

5. Se garantice el cumplimiento del Artículo 24.1.c) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, con referencia a las asociaciones de aeromodelistas, clubes deportivos, y otros entes que agrupen a aeromodelistas recreativos no federados.

Adjuntamospara su información la siguiente documentación:
- Carta de presentación de nuestra Asociación a Dña. Isabel Maestre (Directora General AESA). Burofax de 05/12/2012
- Comunicado de AESA a los medios de comunicación “El uso de los DRONES en España”. Prensa 07/04/2014
- Escrito enviado a Dña. Isabel Maestre en respuesta al comunicado de AESA. Registro Electrónico AGE 15/04/2014
- Respuesta de AESA a uno de nuestros socios. Oficio 21/05/2014
- Oficio de la DGAC a la RFA sobre el proyecto de Real Decreto. 14/07/2014

Agradeciéndole de antemano su interés, queda a su disposición para cualquier duda o aclaración adicional que le pueda interesar,

Firmado,
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Por LANDRIUS
#1287913
Gracias pero esto esta hecho por Aeromodelistas Unidos, yo solo copio.

Para el que quiera suscribir la queja ante el defensor usando la web del defensor del pueblo, he puesto unas indicaciones en estos dos hilos:

http://www.aeromodelistasunidos.org/for ... 429#p30429

http://www.aeromodelismovirtual.com/sho ... post426457

Ando un poco vago para volver a retocar el tamaño de las imágenes y adaptarlas a este foro, por eso no esta tambien aqui.
#1287958
. hola buenos dias a pesar que vivo en Tenerife y me da vergüenza lo de la federación de canarias , muy ajenos a estos temas estoy de acuerdo con lo que esta haciendo MANUEL ( landriu) gracias amigo por la preocupación del tema y sus consecuencias saludos a todos.
Por fbforos
#1288540
Hoy he llevado mi queja al defensor del Pueblo legislacion-normativas-aspectos-legales ... 41965.html y tras una larga conversación he llegado a la conclusión que mas que el que firmemos las quejas de los demás es más importante que enviemos una, aunque sea una copia de otra. Para ellos cuenta el numerito que salta después de cada registro. Os animamos a que cojáis un modelo de los que están circulando y los hagáis llegar en nombre propio.
Por Jesús Cardín
#1292707
Hoy mismo, por mail, he recibido carta del Defensor del Pueblo confirmando que inicia acciones por la queja ante el Proyecto de Real Decreto por el que se regula la utilización de las aeronaves pilotadas por control remoto.

En la misma comunica que se ha requerido la correspondiente documentación a la Dirección General de Aviación Civil para contrastar con la queja presentada.

Al mail con la misiva, he respondido agradeciendo el servicio e interés prestado en el asunto.


Un saludo,

Jesús Cardín
Avatar de Usuario
Por LANDRIUS
#1292728
Bien, van dos admitidas a trámite, lo siguiente es que vean motivo de emprender las acciones necesarias, todavía no esta la cosa "en marcha".
#1292750
mas 1

Estimado Sr.:
Se ha recibido su escrito, registrado con el número arriba indicado, sobre la
regulación de aeronaves pilotadas por control remoto.
Con esta fecha se solicita a la Dirección General de Aviación Civil, el envío de
información a fin de proceder a un estudio más profundo sobre la cuestión suscitada en
su queja, todo ello al amparo de lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley Orgánica
3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo.
Tan pronto se reciba la respuesta, se pondrá en su conocimiento, así como las
actuaciones que en el caso concreto procedan.
Le saluda muy atentamente,
Por Jesús Cardín
#1301228
Acabo de recibir nuevo correo del Defensor del Pueblo,...y pinta mal:

"Estimado Sr.:

Con relación a su queja, la Dirección General de Avión Civil indica que:

1. Se ha dado trámite de audiencia a las asociaciones representativas del sector aeronáutico, y organizaciones a las que se ha remitido el proyecto del Real Decreto por el que se regula la utilización civil de las aeronaves pilotadas por control remoto. Aun cuando, por constar la existencia de asociaciones de aeromodelistas, no se ha dado audiencia a éstas se han recibido 71 escritos de alegaciones al proyecto por parte de ciudadanos aeromodelistas que practican la actividad de forma recreativa no federada, así como escrito de alegaciones de la esa asociación y diversos clubs deportivos, alegaciones que están siendo valoradas.

2. La audiencia concedida a la Real Federación Aeronáutica Española tiene por objeto recabar su parecer sobre el contenido del proyecto, en particular teniendo en cuenta no sólo la representación de los legítimos intereses de los aeromodelistas federados, sino su experiencia y especialidad en relación con las actividades aeronáuticas deportivas.

3. Adicionalmente, se ha acordado abrir un período de información pública para garantizar que todos los afectados por la disposición puedan hacer llegar a esa Dirección General cuantas observaciones estimen pertinentes en defensa de sus legítimos intereses. Observaciones que de recibirse serán, asimismo, valoradas antes de proseguir la tramitación del proyecto. En consecuencia, en relación con estas cuestiones en la tramitación del proyecto se ha cumplido adecuadamente lo previsto en el artículo 24.1.c) de la ley del Gobierno y se ha garantizado la participación de los ciudadanos interesados.

4. En cuanto a que se excluya del proyecto el Título II dedicado a regular el aeromodelismo por carecer de rigor, esa Dirección General apunta que, sin prejuzgar el resultado final de la valoración de las observaciones, la regulación proyectada tiene por objeto asegurar la protección a las personas y los bienes, así como la de otras aeronaves y con este objeto establece los requisitos de aeronavegabilidad, de cualificación de los pilotos y de la operación, materias de naturaleza aeronáutica.

Dado que dicha información no aclara la cuestión planteada, con esta fecha se ha solicitado una ampliación de la misma, que se pondrá en su conocimiento en el primer momento posible.

Le saluda muy atentamente,

Adjunto Primero del Defensor del Pueblo"

O sea, que la Dirección General de Aviación Civil se carga de justificaciones sobre la seguridad de las personas, y los aeromodelistas en general y los que vuelan por libre en particular pueden empezar a darse, ya oficialmente, por jodidos y bien jodidos en un claro caso de indefensión ante las instituciones.

Ahora ya tengo claro que poco o nada se va a poder conseguir por libre.

Esta vez mi animo niega daros un saludo,


Jesús Cardín
Avatar de Usuario
Por macugo
#1302346
Jesús Cardín escribió:Acabo de recibir nuevo correo del Defensor del Pueblo,...y pinta mal:

"Estimado Sr.:

Con relación a su queja, la Dirección General de Avión Civil indica que:

1. Se ha dado trámite de audiencia a las asociaciones representativas del sector aeronáutico, y organizaciones a las que se ha remitido el proyecto del Real Decreto por el que se regula la utilización civil de las aeronaves pilotadas por control remoto. Aun cuando, por constar la existencia de asociaciones de aeromodelistas, no se ha dado audiencia a éstas se han recibido 71 escritos de alegaciones al proyecto por parte de ciudadanos aeromodelistas que practican la actividad de forma recreativa no federada, así como escrito de alegaciones de la esa asociación y diversos clubs deportivos, alegaciones que están siendo valoradas.

2. La audiencia concedida a la Real Federación Aeronáutica Española tiene por objeto recabar su parecer sobre el contenido del proyecto, en particular teniendo en cuenta no sólo la representación de los legítimos intereses de los aeromodelistas federados, sino su experiencia y especialidad en relación con las actividades aeronáuticas deportivas.

3. Adicionalmente, se ha acordado abrir un período de información pública para garantizar que todos los afectados por la disposición puedan hacer llegar a esa Dirección General cuantas observaciones estimen pertinentes en defensa de sus legítimos intereses. Observaciones que de recibirse serán, asimismo, valoradas antes de proseguir la tramitación del proyecto. En consecuencia, en relación con estas cuestiones en la tramitación del proyecto se ha cumplido adecuadamente lo previsto en el artículo 24.1.c) de la ley del Gobierno y se ha garantizado la participación de los ciudadanos interesados.

4. En cuanto a que se excluya del proyecto el Título II dedicado a regular el aeromodelismo por carecer de rigor, esa Dirección General apunta que, sin prejuzgar el resultado final de la valoración de las observaciones, la regulación proyectada tiene por objeto asegurar la protección a las personas y los bienes, así como la de otras aeronaves y con este objeto establece los requisitos de aeronavegabilidad, de cualificación de los pilotos y de la operación, materias de naturaleza aeronáutica.

Dado que dicha información no aclara la cuestión planteada, con esta fecha se ha solicitado una ampliación de la misma, que se pondrá en su conocimiento en el primer momento posible.

Le saluda muy atentamente,

Adjunto Primero del Defensor del Pueblo"

O sea, que la Dirección General de Aviación Civil se carga de justificaciones sobre la seguridad de las personas, y los aeromodelistas en general y los que vuelan por libre en particular pueden empezar a darse, ya oficialmente, por jodidos y bien jodidos en un claro caso de indefensión ante las instituciones.

Ahora ya tengo claro que poco o nada se va a poder conseguir por libre.

Esta vez mi animo niega daros un saludo,


Jesús Cardín
Yo la acabo de recibir hoy. Mismo texto pero con 10 dias de diferencia. Sera por que al Noroeste les cuesta mas llegar?

Landrius, tu que vives por estos lares, ¿ya la has recibido?

Cardin, creo que tienes razon, quieren que pasemos por el aro.

Ahora, yo, lo tengo muy claro. Me declaro FURTIVO. (y eso que desde la primera quedada de Ribadeo solo me he hechado 6 u 8 vuelitos)




Feliz 2015 a tod@s

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