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Dudas y preguntas sobre aspectos legales y organizativos de nuestra actividad.
Fundado el 1 de Noviembre de 2007.

Moderador: Moderadores

#1311183
Megaboeing escribió:pa22, para tu informacion desde un avion privado, ULM, parapente o paracaidas, globo de feria
etc etc, no puedes hacer fotografia aérea, necesitas un permiso especial de AESA como operador
de fotografia aérea con con aviones/helicopteros etc

La normativa de fotografia aérea data del año 1959 y es muy clara en ese aspecto.


Saludos a todos
GRACIAS por ilustrarme ....... solo por cuestiones informativas, yo hago fotos y videos aereos cada vez que vuelo en cualquiera de los equipos que mencionas a excepción de los "globos de feria", parapentes o paracaídas (no me gustan :? ). NO le pido permiso a AESA ni a nadie para hacerlo ya que no soy "operador de fotografía aerea" (entendiéndose el término "operador" como gestión comercial, no ?), NO pongo en riesgo a NADIE, NO hago fotos o videos de terrenos o instalaciones específicas, NO hago fotos o videos de las vecinas tomando sol desnudas, NO vuelo sobre areas pobladas, NO cuelgo en NINGUN espacio público real o virtual NINGUNA foto o video hecho desde el aire, NO voy tocándole las narices al prójimo, etc. etc. etc. Si para hacer un video o unas fotografías aerea es tanta parafernalia y se supone "delito" según la normativa de fotografia aérea del año 1959 vaya cantidad de turistas que hacen fotos y videos desde aviones, será que van al paredon ? :(

Con el rudimentario equipo que uso difícilmente puedo hacer fotografías o videos de calidad suficiente que "interesen" a alguien que no sea yo o mi familia porque ni a mis amigos se los muestro, carézco de la necesidad de exhibicionismo quizás por eso TAMBIEN vuelo por libre y SOLO (que si, que si .... tengo el seguro). Las "autoridades" muchas veces ponen más atención en cosas de fácil solución que en cosas realmente importantes, quizás por eso son políticos.

Al margen de lo anterior, basados en la normativa de fotografia aérea del año 1959 cual es tu consideración sobre estos apartes del foro:
vuelo-guiado-por-video-fotografia-aerea-f49/
foro-videos-f52/

Indiferentemente, te agradézco y valoro la información que me indicas :wink:
darby escribió:Simplifiquemos y normalicemos el tema, y fuera problemas:

Que se establezca una licencia obligatoria, previo examen. Que se homologuen los campos de vuelo.
Si es en serio la propuesta espero que no sea requerimiento el título de bachiller como en la aviación civil comercial, que las "evaluaciones" médicas físicas/psicológicas sean iguales que en la aviación civil comercial (http://www.elcorreo.com/bizkaia/interna ... 03347.html) y cuando "homologuen" los campos lo hagan de la forma debida, si son campos VFR/IFR, si hay operaciones nocturnas que se cuente con la iluminación y equipos necesarios para tales operaciones con los drones o cualquier aeromodelo, en caso de los FPV que se implante la necesidad del uso de radares y la certificación IFR a los pilotos, que NADIE tome bebidas espirituosas si está realizando vuelos o está en las zonas operacionales de los campos ....... uffff, deben implementar muchas cosas :mrgreen:
#1311221
Cuidado con lo que se dice, son temas muy sensibles, hay chavales, gente que por el entorno, las circunstancias, economicas, de salud, del índole que sean, a las que se ven, nos vemos sometidos, no han podido estudiar todo lo que ellos hubieran querido, y por eso ya les vamos a colgar una etiqueta, y no darles la oportunidad de poder realizar tal o cual profesión , actividad , etc, si demuestran la capacidad necesaria :?: A mi juicio si, hay que dar oportunidad a todo el mundo, y si lo demuestran, lo importante es la actitud del momento, a mi juicio claro.
#1311222
Como sabreis muchos, el de drones será el medico de clase 2, el de los actuales pilotos privados.

Lo de los test psicologicos, los primeros creo que son muy duros para los futuros pilotos, las renovaciones, otra cosa son.

Si a ello sumais que hay verdaderos actores que esconden su verdadera personalidad para ellos, y quizas alguna persona que ellos decidan, empezar a buscar respuestas, entre ellas, lo sucedido en el trágico accidente aereo que todos conocemos.

Un saludo
#1311227
Respeto su opinión y posición, es lo menos que puedo hacer. Entrar a valorar circunstancias y sensibilidades no tienen cabida en mi mente en cuanto a un "accidente" como el referido, como le indiqué a un forero piloto civil comercial egresado de una "escuela" civil, luego de pasar de piloto militar a piloto comercial civil se vé la cruda realidad de un sector que se supone debería ser seguro. Pueden legislar TODO lo que deseen pero la formación y preparación de profesionales no es un juego ni hay circunstancias atenuantes, mi esposa es docente y psicopedagoga, trabaja en un centro de ayuda, apoyo y preparación para jóvenes con cualquier tipo de discapacidad y son seres humanos entrañables que no solo se merecen la atención y el respeto debido no tanto por su condición sino por su compromiso y responsabilidad en lo que hacen. Las circunstancias económicas no tienen cabida en la formación de un piloto civil, el que hace un curso para privado o comercial debe tener el dinero suficiente para costearse el curso y luego en formarse para sus habilitaciones en los equipos que quieran o deban volar.

En todo caso, el tema vá sobre drones y para no ponerme cansino pienso que al final la GRAN MAYORIA de aeromodelistas que vuelan drones lo que desean es sana diversión cumpliendo por lo menos con lo mínimo que el sentido común indica lo cual es el deber ser. Pienso que esto es muestra de lo que muchos aeromodelistas quisieran hacer, pasar un rato divertido entre amigos sin arriesgar a nadie ..... aparte demuestran que remolcar un velero no siempre debe o puede hacerse con un avión :wink:

[youtube]
https://www.youtube.com/watch?feature=p ... cyH5jtk898[/youtube]
#1311233
No, si no era el valorar el accidente, no me habré explicado bien, era una crítica a ese certificado medico, el clase 2, que se requerirá para el piloto de drones, de echo ya se está requiriendo a los actuales estudiantes del titulo de RPAs, previo a la inscripción en el curso. Certificado en el que se incluyen los susodichos tests, etc.

Mi critica, no por la decisión de exigir ese certificado, que además, me puede parecer razonable para el profesional, sino por las renovaciones anuales, o la periodicidad que sea. Las mismas, o se hacen con el mismo rigor médico, o no se hacen.

A su vez, de acuerdo, la inmensa mayoria los que practicamos este hobby, lo estamos por diversión. De ahi nace el disparate legislativo, de incluir al aermodelismo, un Deporte de recreo, lúdico, de entretenimiento, diversión, en el mismo Borrador y futuro RD sobre la utilización profesional de los drones, nada que ver XD. :roll:



Un saludo
Última edición por Jose Luis28 el Mar, 31 Mar 2015 0:50, editado 2 veces en total.
#1311256
Ciñendonos al titulo del hilo, y ya que hay Normativa por obsoleta que sea, alguien sabe la distancia mínima de seguridad que hay que guardar a unas instalaciones del Ejercito :?:
#1311282
pa22 escribió:
Megaboeing escribió:pa22, para tu informacion desde un avion privado, ULM, parapente o paracaidas, globo de feria
etc etc, no puedes hacer fotografia aérea, necesitas un permiso especial de AESA como operador
de fotografia aérea con con aviones/helicopteros etc

La normativa de fotografia aérea data del año 1959 y es muy clara en ese aspecto.


Saludos a todos
GRACIAS por ilustrarme ....... solo por cuestiones informativas, yo hago fotos y videos aereos cada vez que vuelo en cualquiera de los equipos que mencionas a excepción de los "globos de feria", parapentes o paracaídas (no me gustan :? ). NO le pido permiso a AESA ni a nadie para hacerlo ya que no soy "operador de fotografía aerea" (entendiéndose el término "operador" como gestión comercial, no ?), NO pongo en riesgo a NADIE, NO hago fotos o videos de terrenos o instalaciones específicas, NO hago fotos o videos de las vecinas tomando sol desnudas, NO vuelo sobre areas pobladas, NO cuelgo en NINGUN espacio público real o virtual NINGUNA foto o video hecho desde el aire, NO voy tocándole las narices al prójimo, etc. etc. etc. Si para hacer un video o unas fotografías aerea es tanta parafernalia y se supone "delito" según la normativa de fotografia aérea del año 1959 vaya cantidad de turistas que hacen fotos y videos desde aviones, será que van al paredon ? :(

Con el rudimentario equipo que uso difícilmente puedo hacer fotografías o videos de calidad suficiente que "interesen" a alguien que no sea yo o mi familia porque ni a mis amigos se los muestro, carézco de la necesidad de exhibicionismo quizás por eso TAMBIEN vuelo por libre y SOLO (que si, que si .... tengo el seguro). Las "autoridades" muchas veces ponen más atención en cosas de fácil solución que en cosas realmente importantes, quizás por eso son políticos.

Al margen de lo anterior, basados en la normativa de fotografia aérea del año 1959 cual es tu consideración sobre estos apartes del foro:
vuelo-guiado-por-video-fotografia-aerea-f49/
foro-videos-f52/

Indiferentemente, te agradézco y valoro la información que me indicas :wink:
darby escribió:Simplifiquemos y normalicemos el tema, y fuera problemas:

Que se establezca una licencia obligatoria, previo examen. Que se homologuen los campos de vuelo.
Si es en serio la propuesta espero que no sea requerimiento el título de bachiller como en la aviación civil comercial, que las "evaluaciones" médicas físicas/psicológicas sean iguales que en la aviación civil comercial (http://www.elcorreo.com/bizkaia/interna ... 03347.html) y cuando "homologuen" los campos lo hagan de la forma debida, si son campos VFR/IFR, si hay operaciones nocturnas que se cuente con la iluminación y equipos necesarios para tales operaciones con los drones o cualquier aeromodelo, en caso de los FPV que se implante la necesidad del uso de radares y la certificación IFR a los pilotos, que NADIE tome bebidas espirituosas si está realizando vuelos o está en las zonas operacionales de los campos ....... uffff, deben implementar muchas cosas :mrgreen:
Pues mi opinion sobre esos hilos y post no me corresponde a mi juzgarla, es el mismo caso
que youtube que aloja muchos videos legales e ilegales haciendo responsable de los mismos
a quien los publica.
Por mi parte estoy tranquilo ya que yo si que soy operador autorizado para fotografia aérea
por AESA y siempre he seguido los tramites legales que se exigen para obtener las imagenes
y publicarlas.

Jose Luis28 sobre distancias no he leido nada en ningun sitio, pero cuanto mas distancia mejor y evidentemente no se pueden grabar (sin permiso expreso)

Saludos
#1311296
Megaboeing escribió: Pues mi opinion sobre esos hilos y post no me corresponde a mi juzgarla, es el mismo caso
que youtube que aloja muchos videos legales e ilegales haciendo responsable de los mismos
a quien los publica.
Entonces, a mí se me informa sobre la normativa de fotografia aérea del año 1959 y que según la incumplo pero los que publican los videos y fotografías aereas en los apartados del foro no se les informa de tal normativa y es de su única responsabilidad la publicación de ese material porque youtube lo hace así ? medio bizarro el asunto, eso se llama "justicia selectiva" :roll: ..... en todo caso una consideración sobre un asunto no implica el juzgar nada, lamentablemente no hemos entendido el significado de considerar sobre un tema. El concepto LITERAL primario de la RAE indica que considerar es "Pensar, meditar, reflexionar algo con atención y cuidado" lo cual no implica un juicio ni de forma ni de fondo a no ser que se utilice como forma pronominal lo cual no es el caso. Por otro lado el júzgar o no la opinión propia es una paradoja que por lo general se resuelve aceptando la culpabilidad (por referencia al Derecho Internacional o la llamada "Justicia Universal" esto aplica sobre los tribunales internacionales).
Megaboeing escribió:Por mi parte estoy tranquilo ya que yo si que soy operador autorizado para fotografia aérea
por AESA y siempre he seguido los tramites legales que se exigen para obtener las imagenes
y publicarlas.
Quiere decir que operas de forma comercial ? si esa fuése mi situación yo también haría los trámites ante AESA :wink:

GRACIAS !!!
Por Jesús Cardín
#1311309
De 25Kg, Megaboing, no puedes volar ni aeromodelos en clubs (los seguros ordinarios solo cubren hasta los 20Kg).

Eso de aparatos de hasta 25Kg VLOS es para aparatos profesionales, operados por profesionales y cumpliendo todos los requisitos profesionales, no para aeromodelos.


Un saludo.

Jesús Cardín
#1311311
Tienes razon Jesus Cardin, es para profesionales pero lo de los 2Kg tambien lo es
asi que entonces quitamos los Kg y todos contentos.
Aunque lo de los 20kg en seguros era asi, ahora llega a los 25Kg en seguros
para profesionales. Aunque eso no implica que esté prohibido volar 30Kg
si el club te lo permite y bajo tu responsabilidad, por ahora porque en el proximo
decreto si se limitan los pesos.

Es que no pasais una eh?

Saludos
Por Jesús Cardín
#1311327
Según me explicó Eduardo Nuñez, lo de los 20Kg es normativa europea y de orden superior.

Así, en aeromodelismo me refiero, puedes volar modelos hasta 20Kg con los seguros ordinarios pero si te pasas -y siempre con 25Kg como límite máximo- debes contratar un seguro que, a bote pronto, se iba a los casi 1.000€ al año.


Un saludo,


Jesús Cardín
#1311398
Megaboeing escribió:
......................

Jose Luis28 sobre distancias no he leido nada en ningun sitio, pero cuanto mas distancia mejor y evidentemente no se pueden grabar (sin permiso expreso)

Saludos
OK Megaboeing.

Pues no sabía yo lo de los 20Kgs, de todas formas ya son ya.

Un saludo
#1311423
Hola:

Hablando únicamente de aeromodelismo recreativo.

Existe un reglamento europeo el CE 785/2004 que fija lo límites mínimos de seguro, del cual están excluídos los aeromodelos de hasta 20Kg de masa. Y claro, un seguro que cumpla con ese reglamento, ya son palabras mayores.

Hay otro límite, 25Kg, por encima del cual el aeromodelo ya es considerado aeronave experimental y necesita de un certificado de aeronavegabilidad, también en España y emitido por la autoridad aeronáutica, no por las federaciones.

Este es un ejemplo en Alemania

[youtube]http://www.youtube.com/watch?v=rW98VqJ4u18[/youtube]
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Por mballes
#1314489
Buenas.
Después de perder horas en internet, leyendo normativas, reglamentos, opiniones (para todos los gustos), no me quedaba claro que está prohibido y que nó, para un ermitaño solitario como yo, que no estoy en ningún club ni asociación, y vuelos mis "batidoras" donde puedo y cuando puedo, intentando siempre no molestar y no crear ningún peligro, he realizado una consulta por email a AENA, sobre el vuelo de nuestros "juguetes" de forma libre, con fines lúdicos y recreativos y esta ha sido la respuesta :
Estimado señor,

La Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea después de su modificación establece como aeronave en su artículo 11.b) Cualquier máquina pilotada por control remoto que pueda sustentarse en la atmósfera por reacciones del aire que no sean las reacciones del mismo contra la superficie de la tierra. Por lo que independientemente del peso, es una aeronave.

La normativa temporal no solamente es aplicable a los vuelos con fines comerciales, sino a todas las actividades profesionales, sean por cuenta ajena o propia, pero no a las actividades recreativas.

De cara a la realización de actividades recreativas, deberá tener en cuenta que no debe volar en espacio aéreo controlado, y cumplir lo que dice el punto 2.3.1.1 del Reglamento de la Circulación Aérea:

“2.3.1.1. Operación negligente o temeraria de aeronaves. Ninguna aeronave podrá conducirse negligente o temerariamente de modo que ponga en peligro la vida o propiedad ajenas”

Por lo que en particular deberá evitar volar en zonas en que se realicen vuelos de aeronaves tripuladas a baja altura así como en zonas urbanas y donde haya presencia de personas.

Cordialmente,

Buzón de drones
Agencia Estatal de Seguridad Aérea
Dirección de Seguridad de Aeronaves
Con esto, ya me queda clarísimo, que con fines NO COMERCIALES NI PROFESIONALES, puedo volar en zonas apartadas, sin infringir ninguna norma ni ley.
Un saludo a todos y buenos vuelos.
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Por Biela
#1314493
Perfecto, más claro agua :D
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Por LANDRIUS
#1314583
Y lo llevan diciendo tiempo... :?


Lo que pasa es que hay intereses y esos intereses conviene protegerlos desinformando y hay gente interesada en desinformar con el hocico mientras extienden la mano para recoger el interés, aunque a veces solo sea la palmada en la espalda de un caciquillo aficionado.

Asi que la gente se lia y se volverá a liar.

Otros a veces simplemente hilan/hilamos fino, y nos ponemos en las peores por eso de ver opciones.

Pero el aeromodelismo no es delito ni falta, no esta prohibido y no hay obligación alguna de practicarlo en lugares expresamente autorizados, lo que hay es que no hacer el ganso.
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Por Biela
#1314584
LANDRIUS escribió:
Pero el aeromodelismo no es delito ni falta, no esta prohibido y no hay obligación alguna de practicarlo en lugares expresamente autorizados, lo que hay es que no hacer el ganso.

+1000 Si existiera el sentido común, la mayoría de leyes quedaría en desuso
#1314686
Hola:

No basta con volar fuera de zonas urbanas y aglomeraciones de personas, ya que existen otras zonas prohibidas, como ciertos palacios, zonas militares, centrales nucleares, etc y restringidas al vuelo como las zonas de especial protección para las aves y parques naturales.

Para facilitarlo os dejo este enlace http://sigpac.mapa.es/fega/visor/

Acercas el mapa a la zona donde vuelas (hay que acercarse mucho, no vale con ver toda la provincia), y en capas vectoriales del mapa, activas ZEPA (Zona de Especial Protección para las Aves) y también las LIC (Lugar de Importancia Comunitaria).

Para otras zonas será abriendo este fichero con Google Earth, consultando en qué zona estamos y su base.
http://www.vueloavela.org/index.php/nav ... D&tipo=kmz
Es muy probable que siempre estemos dentro de un espacio aéreo, pero si estamos a más de 8Km del aeropuero/aeródromo y no superamos los 120m, no habrá problemas.

Es importante saber dónde volamos y qué restricciones tiene, pues no va a haber ningún cartel explicándolas, así habrá que informarse de esa zona y buscar sus restricciones en el BOE.

Espero sea de vuestra utilidad.

Saludos
Última edición por Eduardo Nuñez el Jue, 30 Abr 2015 23:20, editado 1 vez en total.
#1314692
Vale, si que se puede volar, donde este permitido.

Pero nadie hace la pregunta de:

Puedo,volar un drone y grabar imagenes aéreas? vereis lo que os contestan o deberian contestar...

Saludos
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Por LANDRIUS
#1314746
No, no es "donde esté permitido", es donde "no esté prohibido" y eso implica que la situación por defecto es "permitido, a menos que..."

¿Puedes grabar imágenes con un móvil?, te podrían dar muchas respuestas dependiendo de la situación concreta, pero la respuesta genérica es que sí, de nuevo contando con el sentido comun.

¿Desde un dron?, pues lo mismo, si vuelas lejos de gente , edificos etc, no vas a atentar contra la seguridad de recintos o intimidad de individuos, depende de la imágenes.
¿Y desde un dron situado a 300 metros de altitud y sujeto al suelo por una fina tanza?, ¿es fotogravia aérea o es una plataforma anclada al suelo?

¿No puedes sacar una foto desde un ultraligero?¿grabarte en un salto en paracaidas?..., yo creo que una cosa es la fotografía y filmacion aérea como actividad y otra muy diferente un paisano que saca la foto desde el dron.

Todos podemos hilar muy fino pero no es necesario complicarse tanto, algunos lo han hecho como medio para conseguir sus propios fines pero que lo hagamos por defecto no tiene sentido, la explicacion de AESA es clara en ese sentido. Sin que suponga que estar informado sea un eror, todo lo contrario, pero adaptandose a lo que vas a hacer.
Por Kowalski
#1314756
LANDRIUS escribió:No, no es "donde esté permitido", es donde "no esté prohibido" y eso implica que la situación por defecto es "permitido, a menos que..."
+1000. AMÉN.
#1314784
Landrius, hay una ley especifica sobre fotografia aérea que aunque sea del año 1959
esta a dia de hoy en vigor y despues esta el CECAF organismo militar encargado
de controlar y censurar cualquier fotografia aérea efectuada en zona restringida de las
cuales hay muchisimas a dia de hoy...

por eso debemos diferenciar lo que es volar y lo que es volar y filmar/fotografiar.
Saludos
Avatar de Usuario
Por LANDRIUS
#1314988
La conozco, bueno, se que la hay pero no la conozco.

El problema es situarse en los extremos, un par de guardias urbanos se situaron en el extremo y durante un mes multaron a las personas que iban en coche por girar la cabeza mas de ciertos grados.
http://www.abc.es/motor-reportajes/2014 ... 02229.html

Esa ley de fotografia es para hacer fotografia profesional, para el resto es suficiente el derecho a la intimidad e imágen propia, no hay por que aplicarla en el extremo, pero puestos al extremo piensa en lo que puse arriba:

"¿Y desde un dron situado a 300 metros de altitud y sujeto al suelo por una fina tanza?, ¿es fotografia aérea o es una plataforma anclada al suelo?"

Si no nos vamos al extremo la ley para la fotografía aérea se aplicará a esa actividad y no al aermodelismo aunque saques una foto desde tu modelo, las que hay que aplicar a los modelos son las relativas a la sociedad, (honor, intimidad, etc.), no la relativa a una actividad comercial, la fotografía aérea.
Siempre hablando de aeromodelismo (deporte/hobby), no de fotografía aérea desde un modelo (actividad comercial)

saludos.
Por Kowalski
#1314994
Una pregunta que no roza el ridículo; sino que lo supera con creces:
Si cojo una cámara de fotos, y pego un salto, y justo cuando estoy
en el aire tomo una fotografía.....¿estoy infringiendo la Ley de 1959?
#1315013
Muy buena, :lol: , casi se parece a la que a mi me hicieron en un examen de fisica, si un tio se tira de los pelos hacia arriba, puede volar ? :lol: , es claro que la respuesta correcta no era decir que no , sino el XQ no. Dije que si :roll: :roll: :roll: no es coña :lol: :lol: , y fuí de los pocos que aprobé aquel examen, ( con 3,xx ; es que hacia la media de todas las notas), y obvio es, había mas preguntas. :wink:

A ver, si el legislador, quienes elaboran las Normas, no son capaces de diferenciar entre lo que va a ser una actividad lúdica, recreativa, de la profesional, lo único que están invitando es , a infringir la Normativa. A mi no me gusta ni tomar fotos, ni video desde mis modelos, ni tengo camara, yo solo desde tierra con el movil, para luego analizar las figuras con mas tranquilidad, pero os entiendo perfectamente a los que lo haceis desde el aspecto puramente lúdico, una actividad por la que no vais a obtener ningún beneficio económico.

Si yo voy conduciendo con mi coche, y, XQ un par de señores que en paz descansen al volante, ha sido el caso , tramo carretera Colmenar-Cerceda, provocan que lleguen los señores de la DGT, y me atiborren el tramo a lineas continuas, donde ántes eran discontinuas, coño, :shock: , si la Crta. es la misma, y me conozco el tramo de cabo a rabo para ir quitandome tortugas, (con todo el respeto), de en medio,mi coche zumba y yo en un tris tras hago un adelantamiento. :twisted: , joder, y ahora no debo, pero, XQ me invitan a pisotear las lineas continuas si yo sigo teniendo total visibilidad :?: sigue siendo la misma Crta. XD. :shock:


Nos invitan a infringir las Normas..........
#1315021
Chicos buf, asi es complicado...
que es el que corre a 200 por la autopista, el coche o la carretera bajo sus ruedas...

Que la ley es la que es, nos guste o no. Eso no quiere decir que este a favor o en contra
de lo que hay legislado.
Una forma ludica de fotografia es hacerla y quedartela para ti, si la publicas ya estas
haciendo uso profesional o negocio o publicidad o lo que le querais llamar...

Saludos, y yo ya lo dejo por ahora...
#1315040
Hola:

Una aeronave está definido como un aparato capaz de sustentarse en el aire. Puede ser más pesado que el aire, y usar hélices o alas fijas o bien ser más ligero que el aire (globos y dirigibles). Por tanto si lo atamos con una cuerda sigue siendo aeronave y un globo cautivo también (de hecho multaron a una empresa hace años que usaba este último método para hacer fotografía aérea, sin permisos), tiempo después se empezó a hacer un poco la vista gorda.... hasta el comunicado del año pasado y posterior regulación.

Un señor brincando con una cámara no es una aeronave y hacer una foto desde lo alto de una grúa, con un pértiga, o edificio tampoco es fotografía aérea, por que no se usan aeronaves.

Ya pensará alguno en poner una cámara en una paloma o halcón amaestrado.

Está claro que el aeromodelismo no está regulado y queda fuera de la ley de los drones. Entendiendo como aeromodelismo el vuelo de un aeromodelo (ala fija, heli, multi,..) cuyo fin es el vuelo (en sí mismo) recreativo. Despegues, tomas, maniobras, obstáculos, acrobacia, etc... En lugares que reunirían las condiciones de un campo de vuelo aunque no esté homologado (fuera de poblaciones, aglomeraciones de personas, de objetos contra los que colisionar, en zonas donde no está prohibido el vuelo de aeronaves, separado de carreteras, vías de tren, etc.)

A este aeromodelo se le puede instalar una cámara, para realizar lo anterior con vista en primera persona, que es la esencia del FPV.

Pero últimamente ha surgido otra afición que consiste en salir a filmar, pero sin cobrar por ello (al menos en A). El vuelo recreativo del aeromodelo (lo anteiror) ya no es el fin, sino que el vuelo es un medio para obtener el verdadero fin: filmaciones y fotografías del entorno. Ya no se busca un lugar asimilable a un campo de vuelo, sino donde haya alguna singularidad que lo haga atractivo.

Esta afición podría ser llamada fotografía aérea amateur.

Saludos
Avatar de Usuario
Por Sixto
#1315045
Megaboeing escribió: Una forma ludica de fotografia es hacerla y quedartela para ti, si la publicas ya estas
haciendo uso profesional o negocio o publicidad o lo que le querais llamar...
Tengo muchas dudas sobre esto.. :lol: , Instagram, flickr, paginas web por doquier y con los videos igual, Vimeo, Youtube.. La diferencia entre un uso particular y uno profesional es si obtienes rendimientos económicos por ello o no. Yo saco muchas fotos y algunas, muy pocas, las cuelgo en Internet a la vista de todos y no por ello soy un fotógrafo profesional.

El uso del dron, pertiga, halcón :mrgreen: o lo que sea, no deja de ser un "medio" para conseguir la foto, (Me ha gustado la definición de fotografía aérea amateur de Eduardo) y entonces estaré a la legislación del "medio".. Si le pones una gopro a un Halcón, pues ya veremos, ya que es una especie protegida. Si saco una foto a 1000 metros de altura, el problema esta en la altura desde donde se saco la foto, no en la foto en si misma..(Si no es una zona prohibida).

De Igual manera, si el "medio" lo tengo controlado y hago una foto, esta vez con los pies en el suelo, a la vecina/o en bolas, o haciendo algo que sea íntimo :wink: , pues entonces la foto vulnerará el derecho al honor de dicha persona o personas, la publique o no la publique y me la quede en mi casa para verla yo solo o se la enseñe solo a los colegas. La foto es ilegal per se. ¡Otra cosa es que sino se lo dices/enseñas a nadie será bastante difícil que te pillen claro :twisted: .!

Si saco una foto en un acto público y sale alguien que pasaba por ahí, no pasa nada y ¡Ya hay jurisprudencia al respecto!, en cambio si es alguien que pasea por la calle y se da cuenta de que le haces una foto, ¡Ojo!, porqué está en su derecho de no salir en la foto. Este es un motivo por el que actualmente algunos vídeos de internet que se emiten por la TV, aparecen con los laterales pixelados, para que solo se vea al "Artista" protagonista de la hazaña de turno :roll: y no a la gente que estaba alrededor, ya que se sobreentiende que el que se pone a hacer el idiot.. enfrente de una cámara, da por su puesto su consentimiento, pero para el resto que pasaba por ahí no se puede dar por supuesto.

Resumiendo, hay imágenes/vídeos que serán ilegales por el contenido y otras por el medio con las que se tomaron. (Véase también una cámara vigilancia).

Así que, ¡Opinión personal!, si lo que sale en la foto no vulnera los derechos de nadie, fundamentalmente el derecho al honor, y no es un sitio donde expresamente no se puede tomar fotografías, (Zonas militares o con prohibición expresa de tomarlas), se pueden tomar fotografías/vídeos con libertad, incluso a menos de 8km de un aeropuerto :lol: .
Respecto al "como", si las tomas con un dron/avión/globo, pues tendrás que estar a lo que dice la Normativa. Si eres un profesional, cumpliendo estrictamente lo que dice la nueva ley, alturas, distancias etc. y si eres un amateur, cumpliendo .. lo mismo, ya que en la ausencia de una normativa especifica para los amateur, está se tomará como supletoria.

Vamos, que ni todo está permitido ni todo está prohibido. :lol:.

¡Elija que Addons deben funcionar, utilice sólo lo que realmente necesita!